Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 25 abril 2024.

CCOO apoya a la plantilla de Transportes Buytrago

    El sindicato denuncia que el entramado jurídico actual protege a las empresas que defraudan haciendo responsables a sus trabajadores del incumplimiento de las obligaciones patronales, y reclama un cambio en la legislación para evitar que se reproduzcan estas situaciones de indefensión para los trabajadores y trabajadoras que pierden su empleo.

    26/04/2016.
    CCOO apoya a los trabajadores de Transporte Buytrago

    CCOO apoya a los trabajadores de Transporte Buytrago

    Cerca de 1.000 trabajadores de transportes Buytrago se vieron en la calle el 28 de febrero de 2014 cuando la empresa les comunicó que ese mismo día echaba el cierre, pese a que hasta ese momento habían mantenido su actividad comercial con normalidad. Comenzó entonces para ellos un calvario jurídico y administrativo del que todavía no han salido, aunque han ganado varias sentencias judiciales.

    CCOO impugnó el ERE al que se vio abocada la práctica totalidad de la plantilla tras el cierre de la empresa en 2014, que finalmente fue declarado nulo por la Audiencia Nacional el 25 de noviembre de ese mismo año. Entretanto la empresa había solicitado el pre-concurso de acreedores y llegada la sentencia de nulidad ya no había empresa a la que reincorporarse, por lo que la propia Audiencia Nacional reconoce en un Auto que tal readmisión es imposible.

    En virtud de este auto la empresa, entonces ya dirigida por un administrador concursal, reconoce su obligación de pagar los salarios de tramitación de los trabajadores afectados por el ERE y una indemnización por su despido, aunque nunca llega a cumplir su palabra. De modo que los trabajadores, pese a tenerlo reconocido en dos actos judiciales firmes, no cobran ni de la empresa ni del FOGASA.

    El Servicio Público de Empleo, entretanto, tiene conocimiento de la nulidad de los despidos y el compromiso del administrador concursal, por lo que comunica a los trabajadores afectados que las prestaciones que han venido percibiendo en concepto de desempleo deben considerarse “indebidas”, ya que debían haber estado percibiendo el salario de tramitación; por lo que procede a reclamar el pago de las prestaciones a los trabajadores, sin esperar a que la empresa pague realmente los salarios. De modo que los trabajadores se ven obligados a devolver estas prestaciones, aunque en la práctica nadie les ha pagado el salario comprometido.

    Al mismo tiempo, la Seguridad Social procede a revocar los convenios especiales que la empresa estaba obligada a financiar a todos los trabajadores despedidos mayores de 55 años como consecuencia del ERE, puesto que éste había sido declarado nulo. De modo que estos trabajadores se ven ahora obligados a pagar de su bolsillo dichos convenios, pese a que también se ven obligados a devolver las prestaciones de desempleo sin haber percibido sus salarios. La alternativa a ello es dejar de cotizar en los últimos años de su vida laboral, con el impacto en pensión que ello tendrá.

    La administración concursal de la empresa se limita a hacer un plan de liquidación en el que los trabajadores no se consideran acreedores y los empresarios originales mantienen las facultades organizativas. No muestra predisposición a responsabilizarse de los ingresos a los Servicios Públicos de Empleo y la Seguridad Social. Y estas administraciones públicas, amparándose en la interpretación normativa más restrictiva posible, en lugar de emprender acciones para garantizar el cobro de las obligaciones empresariales directamente contra la masa del concurso, deciden traspasar la responsabilidad de su cobro directamente sobre los trabajadores.

    CCOO considera inadmisibles los criterios en los que se amparan estos organismos públicos, aunque sean “legales” tras el cúmulo de reformas que el Ejecutivo ha impuesto durante la última legislatura. La ley se debe aplicar para cumplir su finalidad, proteger a los trabajadores. Parece que cuando las decisiones judiciales salvan los obstáculos, surgen los ‘criterios y resquicios legales’ para negar los derechos de la ciudadanía, en lugar de buscar la fórmula para depurar las responsabilidades y conductas como las que se han dado en el caso de Transportes Buytrago. Una situación, por cierto, que también han sufrido otras muchas empresas en similares situaciones, como, por ejemplo, el caso de Coca-Cola.

    Por último, CCOO considera que es necesario aplicar las reformas necesarias para evitar que se reproduzcan estas situaciones de indefensión para los trabajadores y trabajadoras que pierden su empleo.