Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 24 abril 2024.

Heineken: La Audiencia Nacional desestima la petición del CSIF de tener representación en la mesa negociadora

    Algunos medios de comunicación se hicieron eco por error de la información difundida por CSIF sobre el contenido de dicha sentencia, que solo reconoce su presencia en mesa sindical, un organismo sin capacidad contractual. El secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, cree que estamos “ante una burda manipulación del contenido de una sentencia que no ofrece duda alguna”.

    20/05/2016.

    La Secretaría de Acción Sindical de CCOO ha salido al paso de las informaciones difundidas ayer por algunos medios de comunicación, haciéndose eco de la nota remitida por CSIF, en las que se afirmaba que la Audiencia Nacional había estimado la reclamación de dicho sindicato para que “sindicatos distintos a CCOO y UGT puedan intervenir en la negociación colectiva de la empresa”. Se llegó a hablar incluso de “nueva doctrina”, para referirse al pronunciamiento de la Audiencia Nacional. El responsable de la Secretaría, Ramón Górriz, cree que estamos “ante una burda manipulación del contenido de una sentencia que no ofrece duda alguna”.

    CCOO recuerda que CSIF formuló dos pretensiones con la demanda presentada. En primer lugar solicitaba formar parte de la llamada Mesa Sindical de Heineken España, por considerar que le correspondía un puesto del total de 21 que componen dicha mesa. Se trata de una mesa sin ningún contenido práctico y la propia AN cuestiona que ese órgano se encuentre vigente. En cualquier caso, ni CCOO ni UGT se oponían a la presencia de CSIF en la mesa sindical, habida cuenta que en las elecciones de 2015 de un total de 100 representantes, obtuvo 4.

    La segunda pretensión de CSIF era la de formar parte de la Mesa Negociadora del convenio colectivo, que afecta a toda la plantilla de la empresa Heineken. Aquí la Audiencia Nacional desestima la petición de CSIF, aplicando la doctrina jurisprudencial, que precisa que la representación obtenida por este sindicato en las elecciones de 2015 (4 de 100) es posterior a la constitución de la mesa negociadora y en el momento de la constitución, CSIF no disponía de ningún representante por lo que no tiene derecho a participar en la misma.

    La sentencia igualmente descarta que exista fraude alguno o maniobra para impedir la participación de CSIF en dicha Comisión Negociadora, por lo que no es aceptable su pretensión de que se revise de forma sobrevenida su composición, máxime cuando había venido aceptando de forma voluntaria la celebración de más de 20 reuniones de la mesa, sin haber reclamado su participación.

    El secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, advierte finalmente que la sentencia no incorpora ninguna novedad respecto de la legitimación para la negociación colectiva en la empresa, ni establece regla distinta alguna a la que ha venido aplicando de forma reiterada la jurisprudencia en esta materia. “Sería cuestionable, además, que un sindicato que no alcanza el nivel mínimo de representación pueda reclamar su presencia en una mesa de 13 miembros”.