Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 20 abril 2024.

CCOO se reúne con LongHope para impulsar la solución del conflicto de las pensiones de los marineros españoles en Noruega

    Esta reunión forma parte de la colaboración que ambas organizaciones vienen desarrollando en los últimos años. En esta ocasión se han reconocido las gestiones diplomáticas que el Gobierno de España está realizando para resolver este conflicto, que deben seguir impulsándose, pero tanto CCOO como LongHope han coincidido en reconocer la necesidad de que, en paralelo, se complementen con otras actuaciones en la vía legal.

    20/02/2017.
    Reunión de CCOO con LongHope

    Reunión de CCOO con LongHope

    Sendas delegaciones de CCOO, encabezada por Carlos Bravo, Secretario Confederal de Protección Social y Políticas Públicas, y Fátima Aguado, Secretaria de Política Internacional de la Federación Estatal de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, y de la asociación LongHope compuesta por Alberto Paz Viñas y María Isabel Pereira Varela, se han reunido esta mañana en Madrid para estudiar las posibles acciones que puedan ayudar a resolver este conflicto, sobre la base de impulsar medidas tanto diplomáticas como legales ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

    En este sentido, CCOO remitió al Gobierno de España en el mes de julio pasado un informe jurídico en el que se justifica que se remita este conflicto al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En concreto, CCOO plantea la posibilidad de que el Gobierno de España, de conformidad con el art. 33 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, promueva y formule demanda interestatal ante el TEDH por la inobservancia y violación por parte del Reino de Noruega del Art. 14 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, que prohíbe las diferencias de trato por razón de la nacionalidad, en relación con el art. 1 del Protocolo nº 1, derecho a la propiedad (Protocolo adicional de 20 de marzo de 1952).

    Hemos de recordar que el conflicto en cuestión afecta a los marinos españoles que trabajaron en buques noruegos antes de 1994 y que, en virtud de la legislación noruega de aquel momento, no podían afiliarse al régimen noruego de pensiones.

    El Estado noruego rechazaba que la gente del mar no residente en Noruega o en otro Estado nórdico estuviera protegida por la legislación de seguridad social noruega, con el consiguiente abaratamiento de costes para el empleador. Sin embargo, aplicaba las leyes fiscales a los rendimientos de la actividad laboral, por lo que estos afectados abonaban sus impuestos exactamente igual que las personas residentes en Noruega. El problema afecta a más de 12.000 personas y a sus respectivas familias, según los datos que aporta la Asociación de ex‐marinos de Noruega LongHope, concentrándose en Galicia la mayor parte del colectivo.

    Esta situación se mantuvo hasta 1994, cuando al ingresar Noruega en el Espacio Económico Europeo queda obligada por las disposiciones relativas a la coordinación de la seguridad social del Reglamento de la Unión Europea, y comienza a aplicar su legislación de Seguridad Social a los marinos españoles en los mismos términos que a sus nacionales, con independencia del lugar de residencia. Sin embargo, los muchos años de trabajo previos a dicha fecha no se reconocen, ocasionándose así un grave perjuicio a los afectados.