Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 25 abril 2024.

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, interviene en la jornada organizada por la Fundación 1º de Mayo

CCOO debate como terminar con el exceso de contratación temporal

    El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha participado en la jornada “Un modelo de contratación y de negociación colectiva que impulse el crecimiento y reduzca las desigualdades sociales”, organizada por la Fundación 1º de Mayo, en la que ha afirmado que en nuestro país hay un exceso de empleo temporal que se constata porque un tercio de las personas asalariadas tienen trabajos temporales. Además, ha señalado que el exceso de temporalidad no se justifica por una mayor especialización en actividades estacionales ya que la tasa de temporalidad se mantiene a lo largo del año sin grandes variaciones.

    15/03/2018.
    Jornada organizada por la Fundación 1º de Mayo

    Jornada organizada por la Fundación 1º de Mayo

    Unai Sordo ha denunciado que la temporalidad en el empleo es un fenómeno generalizado que, aunque afecta más a los trabajadores con poca cualificación y a colectivos que se incorporan al mercado laboral como mujeres, jóvenes e inmigrantes, también la sufren trabajadores cualificados, los que trabajan en grandes empresas y los del sector público. En este sentido, también ha avisado que los contratos que se realizan son cada vez de menor duración, lo que produce una alta rotación laboral y una gran inestabilidad en la vida de las personas.

    En la jornada, Unai Sordo ha explicado que este modelo de contratación tiene repercusiones negativas sobre la cohesión social, ya que aumenta la desigualdad y la segmentación laboral; sobre la eficacia económica, al promover la especialización productiva en actividades de bajo valor añadido y fomenta que las empresas sean más pequeñas; y sobre los Sistemas de Protección Social porque la sostenibilidad financiera de la Seguridad Social se ve afectada negativamente con el aumento de la jubilación anticipada y el incremento del gasto en pensiones al mismo tiempo que aumentan las prestaciones por desempleo.

    El secretario general de CCOO ha explicado que la Fundación 1º de mayo ha elaborado un informe en el que se indica que para reducir la temporalidad “debe conformarse un tejido empresarial mucho más sólido, de mayor valor añadido y mayor dimensión de las empresas así como explorar un nuevo marco regulatorio y un sistema de incentivos distintos que cambien las pautas de la forma de contratar y despedir, dotando a las empresas de un mecanismo alternativo de ajuste de los costes cuando llegue la recesión para facilitar su supervivencia”.

    Así, entre las propuestas para incentivar la estabilidad en el empleo, favoreciendo las medidas de flexibilidad interna negociada como forma de ajuste a los ciclos económicos, el informe propone: una nueva medida de reducción de jornada de carácter temporal con objeto de mantener el nivel de empleo (modificando el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores), un mecanismo de ajuste limitado, a través de la modificación del artículo 41 del E.T., la creación de un Fondo de Garantía de Estabilidad en el Empleo (FOGAEE) para la financiación de suspensiones temporales de empleo o reducción de jornada en empresas de menos de 50 trabajadores y recuperar la reposición de la prestación de desempleo cuando, pese a la adopción de medidas de flexibilidad interna (con la utilización del artículo 41 del E.T. o bien ERTE con reducción de jornada o suspensión temporal del contrato de trabajo), finalmente se extingue el contrato de trabajo a través de un despido individual o colectivo, ajeno a la voluntad de los trabajadores y las trabajadoras.

    Por último, Unai Sordo ha detallado algunas de las propuestas que realiza el informe entre las que se encuentran: limitar las causas del despido; reducir los distintos tipos de contratos temporales, suprimiendo el contrato indefinido para emprendedores; modificar el contrato de obra y servicio; recuperar los salarios de tramitación para los despidos improcedentes; y otorgar a los trabajadores la capacidad de decisión sobre la readmisión o no en la empresa si el despido es improcedente y sea producto de un contrato temporal.

    Documentación asociada
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