Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 29 marzo 2024.

La UE limita la exposición a humos diésel por cancerígenos, como exigían CCOO y UGT

  • La protección de los trabajadores y trabajadoras de los humos de los motores diésel es una antigua reivindicación de los sindicatos
  • Entre 9 y 18 millones de personas están expuestas a este cancerígeno en sus trabajos en Europa y la adopción de estas medidas evitará al menos 230.000 fallecimientos en el continente en los próximos 60 años
  • Las empresas deberán proteger, además de los humos de los motores diésel, de otros productos nocivos como aceites de motor y etilenos

12/10/2018.

Los Ministros de la Unión Europea, el Parlamento y la Comisión Europea, alcanzaron ayer un acuerdo para incorporar 8 sustancias nocivas, en la segunda revisión de la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo.

Además, han acordado la inclusión de límites máximos de exposición para varios agentes entre ellos los humos de los motores diésel.

CCOO y UGT, por este motivo, consideramos el acuerdo positivo. Desde hacer tiempo venimos reivindicando la clasificación de los humos de los motores diésel como cancerígeno. Para ambos sindicatos, ésta ha sido una de las cuestiones clave, por la importancia que tiene para protección de la salud y la seguridad de millones de trabajadores y trabajadoras en toda Europa. Estábamos exigiendo la necesidad de incluir a las DEEE en el Anexo I de la Directiva (clasificándolas como agente cancerígeno) y en el Anexo III, fijando un límite de exposición profesional obligatorio medido como carbono elemental.

Mejora de la seguridad y salud de los trabajadores

UGT y CCOO nos hemos dirigido en muchas ocasiones al Gobierno de España para solicitar que apoyase esta propuesta porque siempre hemos entendido que redundaría, sin duda, en una mejora sustancial de la seguridad y la salud de las trabajadoras y los trabajadores europeos.

Las DEEE son mezclas complejas y no homogéneas de gases, aerosoles y partículas, resultado de la combustión del combustible diésel. En 2012, la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) clasificó las DEEE como cancerígenos tipo 1 (cancerígeno en humanos probado). La exposición ocupacional a las DEEE puede ocurrir en múltiples sectores y se estima que entre 8 y 19 millones de personas están expuestas en sus trabajos a las DEEE en Europa.

Las DEEE se encuentran entre los cancerígenos con un mayor número de trabajadoras y trabajadores expuestos en Europa. Su inclusión en el Anexo III de un límite de exposición profesional de 0,05 mg/m³, medido como carbono elemental, reducirá considerablemente el número de futuros casos de cáncer de pulmón ocupacional y de otras enfermedades. Según la evaluación de impacto de la Comisión Europea, la implantación de este valor límite evitaría 230.000 muertes en los próximos 60 años.

CCOO y UGT ya hemos manifestado en más de una ocasión que este cálculo está muy subestimado, puesto que se basa exclusiva y únicamente en las muertes causadas por el cáncer de pulmón. Por lo que, si se tuvieran en cuenta otras patologías asociadas a las exposiciones a DEEE, como las respiratorias no cancerosas y las cardiovasculares, el número de muertes evitables sería probablemente mucho mayor.

Amplía el listado de agentes

Además de la inclusión de las emisiones humos diésel se ha acordado ampliar ese listado en siete agentes más, entre ellos; los aceites de motor usados y varios tipos de etilenos que son nocivos para la salud. Se trata de sustancias que sobre todo inhalan y que se dan en diferentes sectores. Hay estimaciones que afirman que se podrían proteger a 20 millones de trabajadores y trabajadoras en Europa.

El acuerdo final que han alcanzado las tres instancias europeas debe ser validado por el Consejo y el Parlamento Europeo y una vez que sea publicado, entrará en vigor, teniendo los países miembros de la UE hasta dos años para adaptar sus normativas a ese contenido. Además, el pacto establece qué sectores económicos tendrán un periodo de de transición que en general será de dos años.

Es un acuerdo importante, ya que en Europa no todos los países regulan de igual manera esta materia, lo que lleva a una protección desigual de la seguridad y la salud de la población trabajadora afectada por los cancerígenos. Sin duda, evitando la deslocalización de empresas hacia países que puedan tener stándares de protección más bajo.