Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 19 abril 2024.

El Tribunal Constitucional anula el sistema con el que se calculan las pensiones a las personas que trabajan a tiempo parcial

    El secretario de Protección Social y Políticas Públicas de CCOO, Carlos Bravo, ha asegurado que la sentencia del Tribunal Constitucional por la que anula el sistema con el que se calculan las pensiones de los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial elimina la penalización por la que se les exigía un mayor tiempo cotizado para acceder a la pensión completa.

    04/07/2019.
    Declaraciones de Carlos Bravo a la Cadena Ser

    Declaraciones de Carlos Bravo a la Cadena Ser

    En declaraciones a la Cadena Ser, Carlos Bravo ha manifestado que las personas que trabajan a tiempo parcial tenían hasta ahora una doble discriminación ya que ganaban menos porque habían cotizado menos –se tiene en cuenta este coeficiente de parcialidad- pero también se les aplicaba otro factor que reducía el número de años trabajados – esta última medida es la que ha anulado el Tribunal Constitucional-. Además, Carlos Bravo ha denunciado que la mayoría de las personas afectadas son mujeres (un 75%) por lo que es doblemente discriminatorio.

    “Aunque esta medida tendrá relevancia hay que tener en cuenta que diferentes colectivos ya tenían resuelto este problema porque se han ido adoptando medidas a lo largo de los años”, ha aclarado Bravo quien ha destacado que “se han solucionado los casos de las personas que tienen un contrato a tiempo parcial de más de dos tercios de jornada (más de un 67% de jornada) que ya se les computa la totalidad; personas que tienen carreras muy cortas (de 15 años) que se les computa la pensión como dice el Tribunal Constitucional; o las personas que tienen carreras completas porque han estado trabajando poco tiempo a tiempo parcial”.

    Carlos Bravo afirma que la sentencia “afecta a un número considerable de trabajadores y trabajadoras, en torno 1.600.000, aunque muchas de ellas están cobrando complementos a mínimos porque su pensión es muy baja”. Por ello, se les complementa hasta la alcanzar la pensión mínima y, por tanto, también habíamos resuelto esta cuestión.

    La sentencia del Tribunal Constitucional viene a completar otra del Tribunal Europeo del día 8 de mayo del año pasado que se pronunciaba en la misma dirección. “Cuando conocimos esa sentencia le pedimos a la Seguridad Social que nos diera los datos reales de personas afectadas pero aún no nos los ha facilitado por lo que espero que se produzca después de la sentencia del Constitucional”, ha denunciado Bravo.

    Preguntado sobre lo que tienen que hacer estos trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial, Carlos Bravo asegura que “la medida se les aplicará automáticamente cuando se jubilen aunque hay que tener en cuenta que el Tribunal Constitucional establece con claridad que esto no va a afectar a las situaciones administrativas firmes ni a las que ya han visto resueltas sus demandas por una sentencia judicial”. “Se empieza a aplicar a partir de ahora y para las futuras pensiones”, ha concluido.