Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 23 abril 2024.

Arcelor es condenada por el fallecimiento de un trabajador víctima de una enfermedad profesional por exposición a benceno

  • La multinacional siderúrgica debe indemnizar con 479.985 euros a la viuda e hijo del fallecido por el contacto con benceno en las baterías de cok de la factoría de Avilés
  • "La empresa demandada incumplió de manera evidente las normas en materia de prevención de riesgos", recoge la sentencia que acaba de hacerse pública
  • CCOO de Asturias, que se hizo cargo del caso, denuncia que "en demasiadas ocasiones las enfermedades que contraemos en el trabajo no se tienen en cuenta, y nos cuestan la vida"

En su auto el Juzgado de lo Social nº 2 de Avilés considera "suficientemente acreditado" que la enfermedad de leucemia linfoide aguda de alto riesgo que causó el fallecimiento de P.A.M.A fue causada por la exposición a benceno en su puesto de trabajo en la factoría de Arcelor Mittal. El trabajador falleció a los 32 años de edad.

02/10/2015.

P.A.M.A. prestó servicios por cuenta de la empresa demandada como operario (nivel 5) desde el 2 de mayo de 2007 en periodos intermitentes y desde el 14 de mayo de 2008 de forma continuada hasta que fue diagnosticado de la enfermedad que causó su fallecimiento. Durante su trabajo en las baterías de cok de la factoría de Avilés estuvo en contacto con benceno.

La vía de absorción más importante del benceno es la respiratoria, debido a la volatilidad del benceno. La sentencia considera probado que "desde el año 2007 hasta finales de 2010 o principios de 2011 estuvo expuesto sin la protección adecuada al benceno en su puesto de trabajo".

Por tanto "debe concluirse que ha resultado probada la relación de causalidad entre el trabajo desempeñado por el actor y la enfermedad que lo motivó, dado que consta que estuvo expuesto de forma continuada durante años al benceno, que es un agente cancerígeno, sin los medios de protección individuales adecuados, con lo que la empresa demandada incumplió de manera evidente las normas en materia de prevención de riesgos".

Finalmente el fallo, al que cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, condena a Arcelor Mittal a abonar a la parte demandante la cantidad de 479.985 euros por los conceptos reclamados en la demanda.

CCOO de Asturias, cuyo departamento de Salud Laboral asumió el análisis del caso junto a los servicios jurídicos que representaron a la viuda y a su hijo en la demanda, recuerda que "en demasiadas ocasiones las enfermedades que contraemos en el trabajo no se tienen en cuenta, y nos cuestan la vida". El secretario de Salud Laboral de CCOO de Asturias, José Antonio Iglesias, considera que "es muy duro perder a un compañero de trabajo, pero al mismo tiempo es muy bueno que se haga justicia, se reconozca que el trabajo no puede enfermarnos y acabar con nuestra vida y se indemnice a las víctimas".

Nuestro sindicato concluye recordando que "las enfermedades profesionales siguen estando ocultas en demasiadas ocasiones y, tristemente, hay que desarrollar un largo y duro trabajo técnico y jurídico para su reconocimiento".