Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 25 abril 2024.

06.03.2019
Autor: Helena Ysàs Molinero (Univ. Autónoma de Barcelona)

La representación de los intereses del trabajo (¿en transformación?)

Contribución académica presentada en el Congreso Interuniversitario sobre el Futuro del Trabajo, celebrado en Sevilla los días 7 y 8 de febrero de 2019, en el marco del Centenario de la OIT. Esta contribución fue seleccionada y presentada en plenaria para la Conversación IV: La Gobernanza del Trabajo. También fue seleccionada para su presentación en la II Conferencia Nacional Tripartita "El Futuro del Trabajo que Queremos", celebrada en Madrid el 5 de marzo de 2019.

RESUMEN: El presente texto tiene por objetivo trazar líneas de reflexión en torno a la realidad actual de los intereses del trabajo y su representación, desde la perspectiva de su encauzamiento jurídico. Con ello se hace referencia a la defensa y promoción de los derechos e intereses de las personas que ocupan una posición subordinada en los procesos productivos propios del sistema capitalista, es decir, no únicamente los que están sujetos a una relación laboral ex artículo 1.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Resulta pertinente preguntarnos cuál debería ser el modelo de representación en una sociedad con menor empleo, con relaciones de trabajo caracterizadas por la fragmentación y la precariedad, con serias dificultades en la organización colectiva de los trabajadores en cuanto a tales y con la extensión de los autónomos (falsos o no) precarios, así como la aparición de otros sujetos que pueden competir pero también colaborar con los sindicatos en la representación de los intereses de la ciudadanía. ¿Debemos mantener un modelo de representación laboral de los trabajadores por cuenta ajena separado de cualquier otra aproximación a la representación de intereses profesionales no necesariamente de trabajadores por cuenta ajena? ¿Deben interactuar las representaciones de los trabajadores por cuenta ajena con los movimientos sociales, vecinales, etc formados por ellos mismos y otros que no tienen o no se reconocen en la condición de trabajador por cuenta ajena?

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