Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 23 abril 2024.

REVISTA "TRABAJADORA", N. 72 (MARZO DE 2021)

Informe/ Libres de acoso sexual. El caso de Y. N., de Noemí Puerto Luna y María Luisa González Rodríguez

    Libres de acoso sexual, así nos queremos, en nuestras vidas y en el entorno laboral. Y a este tema está dedicado el informe de este número de la revista "Trabajadora". Noemí Puerto y María Luisa González escriben sobre un caso concreto, el de Y. N., una mujer que consiguió, tras una dura batalla, una sentencia judicial firme a su favor. Casos como el suyo animan a saber que ante el acoso sexual hay esperanza y justicia.

    09/04/2021.
    Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía.

    Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía.

    TANTO LA ORGANIZACIÓN Internacional del Trabajo (OIT) como el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) identifican el acoso sexual como una manifestación de la discriminación de género y como una forma específica de violencia contra las mujeres. El acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de trabajadoras y trabajadores y constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo y una inaceptable situación laboral.

    Y.N. trabaja como camarera en un establecimiento de juegos, en horario nocturno, sola y con la presencia constante de su jefe, éste se dirige a ella con comentarios de tipo sexual, soeces, groseros y bochornosos, siempre aprovechando la soledad de la empleada y prevaliéndose de su superioridad laboral.

    Su acosador no solamente le dirige insinuaciones sexuales y comentarios sobre su físico, sino que le pide que tengan citas fuera del trabajo, le requiere para que tome bebidas alcohólicas y se anime mientras trabaja y le hace ver que no es imprescindible en el empleo si no atiende a sus requerimientos sexuales.

    Lejos de detenerse cada vez va más lejos en su actitud persecutoria, transgrediendo los límites de su intimidad y violentando su libertad sexual, besándola a la fuerza, solicitándole que le enseñara sus partes íntimas y haciéndole tocamientos.

    Ante la negativa y el rechazo de Y.N, el acosador responde con agresividad y represalias, menospreciándola, humillándola, y amenazándola con ser despedida.

    La trabajadora guarda silencio puesto que tiene temor a perder su trabajo, cuenta que se siente como un trozo de carne, se siente mal y sucia, culpable por no saber reaccionar ni defenderse, siente vergüenza, intenta suicidarse puesto que piensa que es la única forma de ponerle fin a su sufrimiento.

    La continuidad del acoso durante dos años, la reiteración en agresiones verbales y físicas, las insinuaciones y requerimientos provocan que la víctima padezca trastorno de estrés postraumático, sintomatología ansioso-depresiva grave, pérdida de autoestima y necesidad de farmacología y terapia psicológica.

    Y.N. acude a CCOO en la provincia de Almería solicitando ayuda.

    Tras dos años sufriendo acoso y abuso sexual, reúne la fortaleza necesaria para denunciarlo, habiendo perdido en el camino no solamente su trabajo si no su salud física y psicológica.

    Desde un primer momento es atendida y orientada por la Secretaría de la Mujer de CCOO de Almería, tanto en los pasos a seguir, tras su denuncia ante la Policía y posterior derivación a los órganos judiciales competentes, como en la atención e información necesaria dada su situación de ansiedad y depresión que había derivado en una incapacidad temporal.

    Tras la atención personalizada a la trabajadora sobre su situación laboral y del procedimiento penal puesto en marcha, se deriva su caso al Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía, servicio especializado en la atención, asesoramiento y defensa procesal de las mujeres discriminadas laboralmente por razón de género, y en el caso concreto de Y.N. por un caso flagrante de acoso y abuso sexual en su puesto de trabajo.

    Desde la Secretaría de la Mujer de CCOO de Almería se lleva a cabo la gestión de la Incapacidad Temporal en la cual Y.N. se encuentra, y que dada la gravedad de los hechos deriva en una Incapacidad Permanente en el grado de total para la profesión habitual, puesto que la ansiedad y depresión grave que padece le exige terapia psicológica y tiene una marcada repercusión sobre su capacidad funcional.

    Al mismo tiempo es derivada para ser atendida en el programa de Asistencia a Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales en Andalucía (AMUVI).

    Psicológicamente la lucha interna de Y.N., como la de casi todas las víctimas de acoso sexual, es asumir que ha sido acosada (sentimiento de culpa, dudas, temor a no ser creída, a perder su puesto de trabajo…) y, por otro lado, hacer valer su dignidad, estima y respeto como mujer.

    No hay que olvidar que no es solamente el asesoramiento profesional lo relevante en la ayuda y el apoyo sino que en todo el transcurso del proceso vivido la víctima se convierte en culpable e invisible, y es por ello que necesita, además de tratamiento psicológico profesional, que se sienta arropada, entendida y escuchada por las personas en las cuales deposita su confianza. Es importante para que las mujeres que sufren acoso, como Y.N, no se sientan solas en todos y cada uno de los pasos que se han de dar dentro del proceso de denuncia.

    Una vez iniciado el procedimiento penal, el Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía asume la defensa procesal, bajo la dirección letrada de la coordinadora del mismo, aportando las pruebas existentes y necesarias, interesando la práctica de la prueba pericial a través del Instituto de Medicina Legal, asistiendo a la trabajadora con el objetivo de que se condene al acosador y pueda resarcirse a la víctima de los daños padecidos.

    La asistencia psicológica es imprescindible para restituir la salud mental de la víctima, tanto en el proceso de gestionar la experiencia traumática como en la superación de sus consecuencias, así como contar con personas profesionales y especializadas en la gestión de todos los recursos sociales, asistenciales y jurídicos.

    La práctica de la prueba en los procedimientos de acoso sexual es compleja y ardua, al trámite doloroso que supone para la víctima tener que repetir varias veces todo lo que ha padecido – ante la Policía al efectuar la denuncia, en su ratificación ante el Juzgado de Instrucción, en su declaración en el acto del juicio, en la asistencia psicológica que recibe – se une el hecho de que en gran parte de los casos no existe más prueba que su propia declaración dado que el acosador busca los momentos de soledad y desvalimiento de su víctima.

    Por otro lado, la extensa duración de los procedimientos judiciales alarga el sufrimiento, de ahí la importancia del acompañamiento constante y de la necesidad (que en España es una asignatura pendiente) de contar con personal formado en todos los niveles, asistencial, funcionarial, judicial y letrado; nuestro sistema judicial adolece de falta de recursos, de juzgados especializados y de formación. Es imprescindible formar en atención jurídica especializada y contar con personas expertas, amén de agilizar la respuesta asistencial integral a las víctimas desde un primer momento.

    El acosador ha sido condenado, Y.N. cuenta con una sentencia judicial firme en la que se narra que todo lo vivido existió, que fue acosada y abusada sexualmente en su puesto de trabajo, que toda su valentía y confianza en las personas profesionales que estuvieron a su lado ha dado su fruto y que ha merecido la pena no callarse y superar el miedo.

    Hoy Y.N. ha comenzado de nuevo a vivir, a recuperar su estima y tiene muchísima ilusión por volver a trabajar, ella necesitaba contar todo lo que había sufrido, una reparación en el daño causado y dejar de sentir que era invisible, con ese objetivo se trabaja desde la Secretaría de la Mujer y desde el Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía, no se trata sólo de un nombre y de unas fases judiciales, sino de trabajar con las personas por y para su dignidad.

    Combatir la violencia sexual en el ámbito laboral es una tarea permanente del sindicato, que se inicia desde los propios centros de trabajo, con el establecimiento de los protocolos contra el acoso sexual y el acoso moral por razón de sexo; lamentablemente no siempre es posible alcanzar dicho objetivo, poniéndose en marcha entonces el instrumento del Servicio de Defensa Legal de la Mujer de CCOO de Andalucía siempre que sea necesario para el asesoramiento y defensa de las trabajadoras.

    Noemí Puerto es coordinadora del Servicio de Defensa Legal vinculado a la Secretaría de la Mujer de CCOO de Andalucía y María Luisa González es secretaria de la Mujer de CCOO de Almería.

    Revista Trabajadora, n. 72 (marzo de 2020).