Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 28 marzo 2024.

Inclusión de la retirada de amianto en los proyectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia

    Una delegación de la Confederación Sindical de CCOO y de la Federación de Construcción y Servicios de CCOO se reunió el pasado19 de mayo con el Secretario General de Agenda Urbana y Vivienda y otros representantes del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana para recabar información acerca de la inclusión de la retirada de amianto instalado en los proyectos de renovación de edificios para la mejora de su eficiencia energética que serán financiados a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia

    26/05/2021.
    Desamiantado

    Desamiantado

    El pasado 14 de abril el Ministro de Transporte. Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, realizó unas declaraciones en las que se informaba de la incorporación de la retirada de amianto en los proyectos de renovación de edificios para mejorar su eficiencia energética que el Ministerio financiaría a través de los proyectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Desde la secretaría confederal de Salud Laboral de la Confederación Sindical de CCOO se solicitó una reunión al Ministerio para aclarar este extremo y se revisó la documentación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto la Componente 2. Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana, en la cual se confirmó que efectivamente se hacía referencia a la retirada de amianto como una de las actuaciones incluidas en las líneas de financiación previstas.

    La reunión con el Ministerio tuvo lugar el 19 de mayo. Por parte de CCOO participaron Pedro J. Linares y Óscar Bayona de la Confederación y José Luis Colomer de la Federación de Construcción y Servicios. Por parte del Ministerio intervinieron Francisco David Lucas Parrón, Secretario General de Agenda Urbana y Vivienda, Francisco Javier Martín Ramiro, Director General de Vivienda y Suelo, y Maribel Badía, Jefa del Gabinete del Director General.

    Al iniciarse la reunión, el Secretario General informó que el día anterior se había aprobado en el Consejo de Ministros el borrador de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, para su traslado a tramitación parlamentaria (información ya conocida en CCOO), y que contempla la creación de censos de amianto instalado por parte de los ayuntamientos. Comentó que este proyecto de Ley complementaria las actuaciones de su Ministerio en materia de amianto.

    En cuanto a los proyectos de renovación de edificios para la mejora de la eficiencia energética señaló que contarán con 6.820 millones de euros hasta 2023. De este total, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana administrará 5.520 millones a través de la Componente 2, mientras que el Ministerio de Transición Ecológica tiene asignados 1.300 millones a través de la Componente 11. Modernización de las Administraciones Públicas.

    Se indicó que no va a haber financiación para proyectos específicos de desamiantado, pero que su enfoque es incluir la retirada de amianto como condición de los proyectos de renovación de edificios y de entornos urbanos. Este es el enfoque que venimos planteando desde CCOO, desde la Confederación Europea de Sindicatos y desde las propias instituciones europeas y que viene recogido en el considerando 14 de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, de Eficiencia Energética. La gestión de los proyectos se va a realizar a través de las CCAA, se están negociando las condiciones en la Conferencia Sectorial (con representación del Ministerio y de las CCAA) y se regulará a través de un Real Decreto que se aprobará en breve (se aseguró que se enviará para su aprobación en el Consejo de Ministros en las próximas semanas). También informaron que los plazos para desarrollar todo el plan se han acelerado porque cuentan con recibir los fondos de Europa entre junio y julio y pretenden tener transferidas las cantidades a las CCAA en septiembre.

    Las líneas inversión de la Componente 2 relacionadas con la retirada de amianto son:

    • Línea 1: Actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Se trata de actuaciones en barrios vulnerables para la rehabilitación integral de edificios y regeneración y renovación del entorno urbano (zonas de calle y plazas, zonas verdes, alumbrado, etc.). Las CCAA serán las encargadas de seleccionar los barrios donde se realizarán estas actuaciones. En el documento se hace una relación de qué tipos de actuaciones se harían en entornos urbanos, y desde CCOO comentamos que echamos en falta la renovación de las redes de distribución de suministros (agua, gas, energía eléctrica) en muchos casos construidas con fibrocemento.
    • Línea 2. Rehabilitación integral de edificios. Incluye la rehabilitación externa (elementos constructivos) y energética de los edificios en zonas no previstas en la Línea 1. Se excluyen las actuaciones en el entorno urbano y se centran exclusivamente en las viviendas. La selección de los proyectos será por concurrencia pública a partir de unas bases que tendrán que desarrollar las CCAA.
    • Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP). Se centra exclusivamente en edificios de la administración autonómica y local. En el caso de las CCAA se transferirán los fondos directamente en función de los proyectos que se presenten y siempre garantizando el equilibrio territorial. Para las entidades locales (municipios, islas y provincias) se articularán convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia.

    En cuanto a los edificios de la Administración General del Estado (AGE) se nos informó que los proyectos de eficiencia energética se canalizarán a través de la Componente 11 que gestionará directamente el Ministerio de Transición Ecológica. En CCOO hemos revisado la Componente 11 y en ella se indica que se incluyen tanto los edificios de la AGE como del sector público institucional, el cual incluye Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales (empresas públicas como ADIF, ENAIRE, AENA, Puertos del Estado, CSIC, etc.). El problema es que, a diferencia de la Componente 2, se describen las actuaciones a financiar dentro del denominado “Plan de Transición Energética en la Administración del Estado” (mejora del ahorro y la eficiencia energética de la envolvente térmica del edificio, aislamiento de fachadas, ventanas, cubiertas, instalación de sistemas de energía solar fotovoltaica en cubiertas, sustitución de sistemas de climatización) en las cuales se encontrará un importante número de localizaciones con amianto, pero no se contempla en ningún momento la retirada del mismo. Además, se indica que “en aquellas actuaciones de reforma o renovación de edificios o infraestructuras que contemplen alcances significativamente más amplios que el energético (mejoras estructurales, accesibilidad, etc.), solo serán elegibles a cargo de este presupuesto las actuaciones estrictamente vinculadas a la mejora energética. Por ello, deberán, en su caso, diferenciarse claramente las partidas o conceptos en la documentación de contratación y certificación de obra”. Este planteamiento no encaja con el enfoque propuesto por el Parlamento Europeo, por el Comité Económico y Social, ni con el texto de la propia Directiva de Eficiencia Energética

    Desde CCOO, felicitamos la iniciativa del Ministerio de Transporte ya que se ajusta a los planteamientos que venimos defendiendo y señalamos que, aunque creemos que estos fondos no servirán para eliminar la totalidad del amianto instalado existente, si se trata de un importante cambio de orientación y un buen punto de partida para comenzar con una eliminación ordenada y segura del amianto. También indicamos que, teniendo en cuenta que la Componente 2 incluye el objetivo de aprobación de una nueva Ley de Vivienda, se debería aprovechar para incluir una serie de obligaciones a los propietarios de los inmuebles que servirían de apoyo a la creación de los censos de amianto municipales previstos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados:

    • Establecimiento de la obligación de realizar una inspección obligatoria de presencia o ausencia de amianto previa a la realización de obras de renovación de un edificio, incluidas las de renovación energética, y/o de demolición.
    • Establecimiento de la obligación de realizar una inspección obligatoria de presencia o ausencia de amianto previa a la venta o alquiler de un edificio o de alguna de sus partes.
    • Incluir la identificación y localización de amianto entre los contenidos mínimos de las Inspecciones Técnicas de Edificios.

    Estas obligaciones solo serían exigibles a los propietarios de los edificios construidos con anterioridad a diciembre de 2002, o de alguna de sus partes, ya que son los susceptibles de contener materiales con amianto. Dichas inspecciones y las posteriores acciones de retirada del amianto deberían ser realizadas por operadores cualificados y para ello se debería recurrir a empresas y a personal inspector certificados a través de las dos partes de la Norma UNE 171370: Amianto. Parte 1: Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto y Amianto. Parte 2: Localización y diagnóstico de amianto. Dicha norma ha sido elaborada por el comité técnico “CTN 171 Calidad ambiental en interiores” de UNE España, del que forman parte los principales expertos en amianto de España y representantes del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de las CCAA y de los agentes sociales. Se trata de la única metodología sistemática de inspección de amianto instalado disponible en España, ya que no se ha desarrollado legislación específica al respecto. La Ley de Vivienda también debería establecer la creación un certificado de amianto para los edificios que se obtendría a partir de los resultados de las inspecciones anteriormente citadas y que sería requisito imprescindible para que los propietarios pudieran hacer cualquier tipo de operación. También se establecería la obligación de comunicar los resultados de las inspecciones a los ayuntamientos para incluir toda la información disponible en los censos de amianto creados a tal efecto. Se deberán establecer multas efectivas, proporcionadas y disuasorias para los vendedores y arrendadores de inmuebles que no encarguen la inspección prescrita y no comuniquen el resultado al órgano competente antes de vender o alquilar el inmueble. Los vendedores o arrendadores de la propiedad deberían ser responsables por un período de 30 años si no encargan la inspección obligatoria y no notifican los resultados al censo municipal de amianto.

    Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se nos indicó que las competencias sobre vivienda están transferidas a las CCAA y son éstas las que tienen capacidad legislativa para incluir este tipo de propuestas a su normativa. Sin embargo, desde CCOO creemos que esta capacidad legislativa exclusiva de las CCAA se refiere a la regulación de las Inspecciones Técnicas de Edificios, pero que una posible regulación de las obligaciones de los propietarios de edificios e instalaciones de realizar inspecciones de presencia de amianto con anterioridad a la realización de obras de renovación o demolición y de procesos de venta o alquiler podría desarrollarse desde la competencia Estatal. De hecho, la obligación de un Certificado de Eficiencia Energética de los edificios está regulada por el RD 35/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Desde CCOO creemos que se debería desarrollar una normativa estatal similar para certificar la presencia de amianto en edificios, viviendas e instalaciones, o incluso cabría modificar el RD 35/2013 para incluir la certificación del amianto instalado.

    Otra objetivo incluido en la Componente 2 que a nuestro juicio podría ser útil en relación al amianto instalado es la articulación de un programa de impulso del “Libro del edificio existente”, un documento técnico digitalizado que inclurá un diagnóstico del edificio y un plan de actuaciones. Parte de la información de este Libro podría ser la proporcionada por las inspecciones de amianto y del certificado propuestos anteriormente. La disponibilidad de esta información en el “Libro del edificio existente” podría ser de extrema utilidad para los servicios de emergencias, como por ejemplo los Cuerpos de Bomberos, a la hora de realizar intervenciones en siniestros en edificios y poder planificar las medidas de prevención frente a la exposición a fibras de amianto durante su actuación.

    Hay al menos otros dos ámbitos en los que hay un número importante de localizaciones de amianto instalado que quedan fuera de las áreas de intervención de las Componentes 2 y 11, en concreto la presencia de amianto en edificios agrícolas y ganaderos y sistemas de regadío del sector agrario y en instalaciones y equipos de trabajo de industrias. La Componente 3. Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y pesquero, cuya gestión corre a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contempla el desarrollo de un Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos y de un Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y de la ganadería (III): inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agrícola y ganadero. Gran parte de las redes de regadío construidas con anterioridad a 2002 están fabricadas con tubería de fibrocemento y, al igual que sucede con las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en instalaciones agropecuarias, implicarán en un significativo número de casos la retirada de materiales con amianto, sin embargo no hay ni una sola mención a esta circunstancia en todo el documento de la Componente 3. Y sucede exactamente lo mismo con la Componente 12. Política Industrial España 2030, gestionada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Esto es especialmente preocupante porque la Componente 12 tiene previsto un Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial que comprende actuaciones en materia de mejora de la eficiencia energética pero, sobre todo, porque incluye un Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular. Y no hay una sola mención al amianto, siendo uno de sus problemas principales su gestión como residuo peligroso y siendo absolutamente necesario regular con más rigor la gestión de los residuos de construcción para evitar la reintroducción del amianto en el ciclo económico en forma de materiales reciclados.