Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 29 marzo 2024.

CCOO se felicita por esta nueva concreción de la reforma laboral

Los contratos fijos discontinuos agrarios amplían sus derechos a protección por desempleo

    La reforma laboral pactada entre sindicatos y el Gobierno, incluye la extensión de los subsidios por desempleo a las personas trabajadoras fijas discontinuas agrarias de todo el país y la garantía del mantenimiento de la protección por desempleo para todas las personas cuyo contrato sea convertido en fijo discontinuo. 

    15/03/2022.

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    La reforma laboral iguala los derechos de desempleo de las personas trabajadoras fijas discontinuas y el resto de trabajadores y trabajadoras.

    CCOO saluda que el Ministerio de Trabajo haya comenzado a adoptar las reformas legislativas comprometidas en la reforma laboral para ampliar los derechos de protección por desempleo de todos los trabajadores fijos discontinuos e igualarlos a los que tienen el resto de trabajadores y trabajadoras. Antes de esta reforma las personas trabajadoras fijas discontinuas accedían a unos subsidios de desempleo de duración inferior que el resto de trabajadores, limitada a los tiempos de cotización previa y en la que estaban expresamente excluidos del subsidio de mayores de 52 años. 

    Sin embargo, esta situación ya se ha corregido gracias a la inclusión en el Real Decreto Ley 3/2022, aprobado hace unos días por el Consejo de Ministros, de una disposición por la que se derogaba el antiguo artículo 277.4 de la ley General de la Seguridad Social. De modo que las personas trabajadoras fijas discontinuas ya tienen reconocido y en vigor la misma cobertura de prestaciones de desempleo que el resto de trabajadores y trabajadoras.

    La conversión de contratos en fijos discontinuos garantiza, por primera vez, el acceso a los subsidios de desempleo para los trabajadores y trabajadoras agrarios que antes eran eventuales de todo el país

    La conversión de contratos que antes eran temporales haciéndolos ahora fijos discontinuos es una medida que mejora la estabilidad laboral de sectores de actividad en los que las campañas de trabajo se producen de forma discontinua, como ocurre con el sector agrario entre otros.

    De hecho, en el sector agrario ha sido precisamente la conversión de los contratos en fijos discontinuos y la reforma antes señalada, la que ha conseguido garantizar que los casi 800.000 trabajadores y trabajadoras de este sector tengan ahora reconocido el derecho a los subsidios por desempleo.

    Desde este momento, todos los trabajadores y trabajadoras agrarios que vean convertido su contrato en fijo discontinuo podrán acceder a los mismos subsidios de desempleo que el resto de personas trabajadoras del Régimen General, incluido el subsidio para mayores de 52 años.

    De esta medida se beneficiarán casi 300.000 mujeres trabajadoras (casi el 40% del total de personas ocupadas en este sector) que sufren las condiciones de empleo más discontinuas.

    MISMOS REQUISITOS QUE LOS EVENTUALES

    CCOO había advertido ya en el proceso de negociación de la Reforma Laboral que, además de las medidas antes señaladas ya adoptadas por parte del Ministerio de Trabajo en los plazos previstos, era necesario también actualizar los reglamentos que regulan las prestaciones de desempleo asistencial previstas en el sector agrario en el caso de Andalucía y Extremadura.

    El objetivo de estas reformas reglamentarias es el de garantizar que las personas que actualmente tienen contrato eventual y están accediendo a los subsidios de desempleo agrario en Andalucía y Extremadura, puedan seguir haciéndolo en los mismos términos que ahora, cuando sus contratos de trabajo pasen a ser fijos discontinuos como consecuencia de la reforma laboral

    En concreto, CCOO había reclamado la modificación que ahora se ha producido del Real Decreto 864/2006, de 14 de julio, para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios en el que se establece el derecho de opción a los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos agrarios para acceder a los subsidios generales del sistema de desempleo o, alternativamente, a los que tienen reconocidos quienes trabajan y residen en Andalucía y Extremadura. 

    Esta reforma reglamentaria garantiza que las personas trabajadoras fijas discontinuas agrarias podrán acceder con los mismos requisitos que las eventuales a dichos subsidios. De esta forma queda plenamente garantizado el mantenimiento de la situación actual, cuando sea más beneficiosa, aun cuando los trabajadores y trabajadoras agrarios vean convertidos sus contratos de trabajo en fijos discontinuos.

    Hemos de recordar que actualmente el subsidio y la renta agraria protegen a más de 170.000 personas trabajadoras, de las que casi 110.000 (el 64%) son mujeres, que residen mayoritariamente en zonas rurales con escasas y muy discontinuas posibilidades laborales y que precisan estas prestaciones como complemento a unos insuficientes ingresos laborales.

    Culmina con ello la primera fase de extensión de la protección asistencial por desempleo, derivada de la reforma laboral y de la apuesta por el contrato fijo discontinuo frente al abuso de la contratación temporal. En los próximos meses debe abordarse una reforma integral de la protección por desempleo.