Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 25 abril 2024.

Tercera modificación del RD de Cancerígenos y Mutágenos respetando los valores límite vigentes del cadmio

    El Ministerio de Trabajo y Economía Social presenta el borrador definitivo de Real Decreto que traspone la modificación de la Directiva de Cancerígenos y Mutágenos, revisando los valores límite de 5 agentes cancerígenos. Para CCOO, es una buena noticia, que permitirá la mejora en la protección de las personas trabajadoras expuestas, aunque lamenta que esta trasposición se realice con retraso (la fecha límite era el 11 de julio de 2021) y señala que aún queda margen de mejora en la protección frente al cadmio.

    29/03/2022.

    En la reunión del Pleno de la Comisión Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (CNSST) celebrada el pasado viernes, 25 de marzo, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentó el borrador definitivo del Real Decreto que traspone la Directiva (UE) 2019/983 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.

    Las modificaciones que establecerá el nuevo Real Decreto consisten en el establecimiento de nuevos valores límites obligatorios para 5 agentes cancerígenos: berilio y compuestos inorgánicos del berilio, ácido arsénico y sus sales, compuestos inorgánicos del arsénico y formaldehido, para los cuales se fijan los mismos valores límites ambientales (VLA) que ya estaban vigentes en España; 4,4′-metilenbis (2 cloroanilina) para el que se reduce el VLA de 0,1 a 0,01 mg/m3, y el cadmio y sus compuestos inorgánicos.

    El principal escollo en el proceso de trasposición ha sido el del cadmio. La Directiva establece un VLA para esta sustancia de 0,001 mg/m3 pero con un periodo de transición hasta el 11 de julio de 2027 a 0,004 mg/m3, aplicándose conjuntamente con un valor límite biológico (VLB) de 0,002 mg de cadmio por gramo de creatinina en orina. La Directiva justifica el establecimiento de un periodo de transición porque “es previsible que vaya a ser difícil cumplir a corto plazo con el valor límite de 0,001 mg/m3”.

    Dado que en España el VLA vigente del cadmio es de 0,002 mg/m3, aplicar el valor de transición establecido por la Directiva supondría duplicar el valor actual, y por lo tanto, un fuerte retroceso para la protección de la salud de la población trabajadora expuesta a este cancerígeno.

    En el proceso de información y consulta los sindicatos propusimos que durante el periodo de transición se mantuviera el valor vigente en España, para evitar bajar los niveles de protección ya existentes. Además, se da la circunstancia de que dicho valor límite es el referencia en nuestro país desde 1999, por lo que las empresas españolas ya tienen adaptados sus procesos e instalaciones a ese valor límite.

    En un primer borrador del RD se realizaba una trasposición literal de los valores establecidos por la Directiva, lo cual contó con la oposición sindical, pero finalmente el borrador presentado por el Secretario de Estado de Empleo y Economía Social en el pleno de la CNSST, que ha contado con el apoyo de todos los grupos de interés (Administración General del Estado, CCAA, organizaciones empresariales y sindicatos más representativos), rectifica y sitúa el límite para el periodo de transición en el valor actualmente vigente.

    CCOO nos felicitamos por el contenido definitivo del Real Decreto, pero lamentamos que la incorporación a la legislación española de una norma que mejora la protección de las personas trabajadoras vuelva a realizarse con retraso, ya que la fecha límite de trasposición de la Directiva era el 11 de julio de 2021.

    Asimismo, debemos señalar que todavía queda margen de mejora respecto de la protección frente al cadmio, ya que el 18 de marzo de 2021 el Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), organismo científico técnico de la Unión Europea encargado de proponer modificaciones de los límites de exposición de agentes químicos, publicó un dictamen en función de las últimas evidencias científicas disponibles que no deja ningún lugar a dudas que VLA-ED del cadmio en 0,001 mg/m3, el que estará vigente en España tras el periodo de transición, es el único que garantiza la protección de las personas trabajadoras, y que el VLB se debe reducir a 0,001 mg Cd/g de creatinina en orina, la mitad del vigente en el conjunto de la UE.