Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 25 abril 2024.

REVISTA "TRABAJADORA"

Por el mundo / Un recorrido por las normas de la OIT sobre violencia y acoso, de Chidi King. Traducción del inglés de Alejandra Ortega

    La violencia y el acoso en el mundo del trabajo son una amenaza para la dignidad, la seguridad, la salud y el bienestar de todos, y afectan no sólo a los trabajadores/as y empleadores/as sino también a sus familias, comunidades, economías y a la sociedad en general. 

    12/04/2022.
    Aprobación del C190 en el Palacio de NU en Ginebra

    Aprobación del C190 en el Palacio de NU en Ginebra

    El Convenio de la OIT sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) (C190) y la Recomendación que lo acompaña (R206) son los primeros instrumentos jurídicos internacionales diseñados específicamente para abordar la violencia y el acoso relacionados con el trabajo. Fueron adoptados en la Conferencia del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tras casi una década de debates y negociaciones por parte del Consejo de Administración tripartito de la OIT, y establecen el derecho de todos y todas a un mundo laboral libre de violencia y acoso. Responden a una laguna en la legislación laboral internacional al definir, por primera vez, la violencia y el acoso en el contexto del trabajo, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género, y al establecer las medidas específicas que deben adoptar los Estados miembros de la OIT para prevenir la violencia y el acoso en el trabajo, incluso exigiendo a los empleadores que tomen medidas. Al definir la violencia y el acoso a través de un único concepto que abarca "una serie de comportamientos, prácticas o amenazas inaceptables" se reconoce que a menudo no existe una línea clara entre la violencia y el acoso y se permite la flexibilidad de abarcar diversas manifestaciones de violencia y acoso, incluidas las nuevas que surgen con el tiempo.  La definición abarca la violencia y el acoso físico, sexual, verbal y mental. 

    El convenio 190 y su recomendación 206 exigen un enfoque global, integrado y sensible al género para abordar la violencia y el acoso. Este enfoque incluye la prevención, la protección, la aplicación de la ley, los recursos, el asesoramiento, la formación y la sensibilización, y tiene en cuenta a los terceros como víctimas y autores. Los instrumentos reconocen que, si bien la violencia y el acoso son un problema sanitario y laboral, la desigualdad y la discriminación son una consecuencia de la violencia y el acoso y contribuyen a ellos. Por lo tanto, abordar las causas fundamentales de la desigualdad y la discriminación es una parte vital de la eliminación de la violencia y el acoso. El amplio ámbito de aplicación ofrece protección a millones de trabajadores y trabajadoras, con especial atención a las mujeres y a los grupos vulnerables a la discriminación y la marginación, incluidos los y las migrantes, trabajadores y trabajadoras de la economía informal y quienes ocupan puestos de trabajo mal pagados e inseguros. También tienen cobertura los y las solicitantes de empleo, aprendices y personas que ejercen la autoridad, los deberes o las responsabilidades de un empleador o empleadora.

    Entre los aspectos innovadores e inclusivos del Convenio se encuentran una amplia conceptualización del mundo del trabajo, coherente con un enfoque de seguridad y salud en el trabajo (SST), la inclusión de nuevas formas de violencia y acoso facilitadas por las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) (o ciberacoso) y la inclusión del impacto de la violencia doméstica en el mundo del trabajo.

    El C190 entró en vigor en junio de 2021, tras la ratificación de dos Estados miembros de la OIT. En el momento de redactar este artículo, diez países han ratificado el C190, entre ellos dos países europeos.

    Impactos de las crisis actuales

    Desde la adopción del C190 y la R206 en 2019, el mundo se ha visto sumido en una crisis global de salud pública, seguida rápidamente por graves crisis económicas y sociales. El mundo del trabajo se ha visto profundamente afectado. 

    La pandemia ha puesto de manifiesto y ha profundizado las arraigadas desigualdades estructurales y ha provocado índices aún más alarmantes de violencia y acoso, en particular de violencia y acoso de género. Los informes han puesto de manifiesto el aumento de los índices de violencia y acoso que sufren los trabajadores y trabajadoras de la economía informal, incluidos los trabajadores/as a domicilio y domésticos/as, así como los comerciantes y vendedores/as ambulantes, los trabajadores/as de la venta de alimentos al por menor, y una mayor incidencia de la violencia doméstica. Los informes también sugieren un aumento de los incidentes relacionados con las TIC como resultado del cambio al teletrabajo. 

    Incluso antes de la pandemia, los trabajadores y trabajadoras del sector sanitario informaron de niveles muy altos de violencia y acoso en comparación con otros sectores. Con la COVID-19, su exposición a la discriminación, el estigma, la violencia y el acoso ha aumentado. En muchos países se ha informado de incidentes en los que se ha arrojado lejía a las enfermeras en su camino de ida y vuelta al trabajo, o de trabajadores y trabajadoras del sector sanitario que han sido expulsados de sus pisos o condenados al ostracismo por sus vecinos. 

    Las mujeres y los grupos de población para los que la discriminación y la exclusión siguen siendo una realidad se han visto muy afectados por las consecuencias económicas de la pandemia.  Con una representación excesiva en la economía informal, en el extremo precario de las cadenas de suministro mundiales, en acuerdos de trabajo mal pagados, a tiempo parcial y ocasionales, así como en sectores como el turismo y la hostelería, y asumiendo ya la mayor parte del trabajo de cuidados no remunerado, que también ha aumentado considerablemente. El impacto de la pandemia en las mujeres ha sido especialmente grave en términos de pérdida de empleo, pérdida de ingresos y escasas perspectivas de volver a emplearse

    Por lo tanto, el C190 y la R206 son herramientas vitales para responder tanto a la emergencia de la pandemia como a la profundización de las desigualdades existentes resultantes de la misma.

    Acción de la OIT para promover el C190 y el R206 

    El Convenio núm. 190 de la OIT entró en vigor el 25 de junio de 2021, un año después de la ratificación por parte de Fiyi, el segundo país, después de Uruguay, en ratificar el Convenio. En esta ocasión, la OIT lanzó una campaña mundial para "Liberar al mundo del trabajo de la violencia y el acoso".  La campaña fue concebida con las contribuciones de los interlocutores sociales de la OIT y tiene como objetivo sensibilizar sobre la urgencia de abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Hace un llamamiento a la ratificación y aplicación efectiva del Convenio de acuerdo con su Recomendación. 

    La OIT también ha participado en el trabajo a nivel nacional con los mandantes desde el análisis de las lagunas legales, pasando por la asistencia técnica en cuestiones derivadas de los esfuerzos para ratificar el Convenio, hasta la promoción de la concienciación sobre el Convenio y su potencial contribución a lugares de trabajo más seguros, saludables e igualitarios. La OIT también ha promovido la ratificación del C190 a través de asociaciones externas, incluso con otras entidades de las Naciones Unidas. Por ejemplo, a través de la Iniciativa Spotlight de la Unión Europea y en consulta con organizaciones de trabajadores y empleadores, la Comisión de Género de Zimbabue publicó en abril de 2021 una Estrategia Nacional para la Eliminación del Acoso Sexual y la Violencia de Género en el Lugar de Trabajo, y la Comisión de Servicios Públicos elaboró una Política sobre Acoso Sexual. La Iniciativa Spotlight también ha reunido a los interlocutores sociales y a los gobiernos del Caribe para trabajar conjuntamente en la ratificación del C190.

    A pesar de las limitaciones relacionadas con la pandemia y los cambios en las prioridades, el impulso a nivel mundial y nacional ha aumentado y ha seguido creciendo el consenso tripartito sobre la necesidad inmediata de acabar con la violencia y el acoso. Más de 17 países de todo el mundo han evaluado las leyes y políticas nacionales en relación con las normas establecidas en el Convenio y su Recomendación, y más de 21 países han iniciado o completado medidas para su ratificación. Hasta la fecha, el mayor número de ratificaciones se ha producido en África, que representa cuatro de las diez ratificaciones.

    Aunque en la Unión Europea continúan los debates sobre cuestiones jurídicas y de procedimiento relativas a la ratificación en toda la UE, Grecia e Italia han completado la ratificación del C190 y otros países europeos están a punto de depositar los instrumentos de ratificación ante la OIT, completando así el proceso de ratificación.  

    La importancia y la relevancia del C190 y de la R206 son evidentes. La pandemia no ha hecho más que poner de manifiesto la urgencia con la que hay que actuar para atajar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo como parte de las medidas para promover el trabajo decente como componente esencial de la recuperación. La ratificación y la aplicación del C190 son fundamentales para las agendas transformadoras de la igualdad de género y la igualdad, la diversidad y la inclusión previstas en la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo y el Llamamiento Mundial a la Acción para una recuperación centrada en el ser humano de la crisis del COVID-19. La OIT continuará trabajando con los mandantes para asegurar una amplia ratificación y aplicación efectiva del Convenio y para poner fin a todas las formas de violencia y acoso en el mundo del trabajo.