Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 20 abril 2024.

REVISTA 'TRABAJADORA', N. 75 (JULIO, 2022)

Por Aquí/ Formación en materia de registro retributivo. Por Amaia Otaegui Jáuregui

    Desde de abril de 2021 todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a contar con un registro retributivo cuyo objetivo es servir como instrumento indispensable para combatir los problemas de brecha salarial y alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres. 

    22/07/2022.
    Curso de registro retributivo.

    Curso de registro retributivo.

    Desde de abril de 2021 todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a contar con un registro retributivo cuyo objetivo es servir como instrumento indispensable para combatir los problemas de brecha salarial y alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.  

    Para este propósito, entre los requisitos indispensables de dicho Registro se deberá incluir, entre otros puntos, la siguiente información: los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla.  Esta información, cuyos datos deberán ir desagregados por sexo, deberán ser distribuidos acorde a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.  

    Como en el resto de instrumentos para la transparencia salarial, una de las claves es la obligación de informar de la totalidad del registro y de consultar a la representación legal de las personas trabajadoras -en las empresas que cuenten con ella- con al menos diez días de antelación. De forma que para que el registro sea accesible, la RLTP deberá estar informada desde el inicio de su desarrollo, así como de su evolución y contenido pues, además, la RLTP será el canal de acceso al registro salarial de su empresa respecto del personal de plantilla. Si bien el Real Decreto 902/2020 indica sus características con precisión, en ocasiones no se tiene muy claro qué es lo que debe incluir ni cómo se debe poner a disposición esta información ni, más aún, cómo se debe analizar para dilucidar si existen discriminaciones salariales entre mujeres y hombres que se deban corregir y eliminar.  

    Con este motivo las secretarías confederales de acción sindical y empleo, y mujeres, igualdad y condiciones de trabajo, han puesto en marcha una actividad formativa para compartir algunas  herramientas que faciliten el análisis de la realidad salarial a las personas responsables de la negociación de los convenios colectivos y los planes de igualdad.  

    Amaia Otaegui Jáuregui (@amaiaotaegui) forma parte del equipo de la secretaría de Acción Sindical y Empleo