Confederaci贸n Sindical de Comisiones Obreras | 18 noviembre 2025.

REVISTA TRABAJADORA 87 (SEPTIEMBRE 2025)

Empleo / Una oportunidad para la calidad del empleo de las mujeres, de Fernando Rocha S谩nchez

    La regulación global del trabajo decente en la economía de plataformas 

    07/10/2025.
    Grupo de personas trabajadoras de la negociaci贸n en la comisi贸n normativa sobre trabajo de plataformas en la CIT-2025

    Grupo de personas trabajadoras de la negociaci贸n en la comisi贸n normativa sobre trabajo de plataformas en la CIT-2025

    LOS RESULTADOS DE LA 113ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo(CIT) de la Organización Internacional delTrabajo (OIT), celebrada del 2 al 13 de junio de 2025 en Ginebra, incluyeron entre otros hitos uno de singular relevancia: el acuerdo alcanzado para el establecimiento de un instrumento normativo global sobre trabajo decente en la economía de plataformas,que adoptará la forma una vez ratificado de un convenio vinculante complementadocon una recomendación. Este acuerdo es el fruto de un proceso iniciado en 2022, que culminará en la segunda fase del proceso de doble discusión sobre este instrumento normativo en la próxima conferencia internacional, que tendrá lugar en junio de 2026.

    El establecimiento de una norma global vinculante beneficiará a las millonesde personas que trabajan actualmente a través de las plataformas digitales laborales, y especialmente a las mujeres que -en términos generales- desempeñan su actividad en unas condiciones de mayor precariedad. La carencia de estadísticas y registros oficiales, así como la falta generalizada de transparencia de las empresas, dificultan el conocimiento empírico sobre la situación laboral de las mujeres en la economía de plataformas.

    No obstante, diferentes estudios apuntan algunos elementos destacables. De un lado, la participación de las mujeres en las plataformas digitales laborales que organizan actividades en un lugar geográfico, como las de servicios a domicilio o lasde riders, presenta dos tendencias comunes: una presencia relativamente inferior a la registrada por los varones y mayores barreras de acceso al empleo; y una concentración en determinadas actividades típicamente feminizadas, por ejemplo las de trabajo doméstico y cuidados, reproduciendo así los esquemas clásicos de segregación laboral por sexo. Ambas pautas se constatan asimismo en las plataformas que organizan actividades que se realizan virtualmente, como actividades relacionadas con el diseño, la redacción,la traducción, etc. 

    De otro lado, las condiciones laborales de las mujeres que trabajan a través de plataformas digitales presentan en general una elevada precariedad, que se manifiesta en aspectos como: menores ingresos; mayores niveles de inseguridad, acoso y violencia; y la discriminación por razón de género

    Es importante resaltar de forma específica el impacto de los sistemas automatizados de toma de decisiones basados en algoritmos, utilizados por las plataformas para la organización y control del trabajo, y que conllevan importantes riesgos para las personas trabajadoras tales como: la intensificación de los ritmos de trabajo; la evaluación por las personas destinatarias de los servicios, que condiciona la reputación digital de las personas trabajadoras y sus posibilidades de acceder a nuevos y mejores encargos; la flexibilidad unilateral a la hora de determinar las horas de trabajo; la conectividad permanente; las dificultades para ejercer los derechos a la conciliación o a las bajas laborales; el reforzamiento y escalada de los sesgos y discriminaciones; mayores riesgos para la seguridady salud; y la desactivación automática de las plataformas, y por tanto la imposibilidad de seguir trabajando.

    La aplicación no regulada de estos sistemas automatizados de toma de decisionespuede contribuir a potenciar los factores deprecariedad laboral preexistentes, así comogenerar otros nuevos. Una situación queafecta especialmente a las mujeres que trabajan en actividades ya altamente precarizadas, donde se está registrando un aumentocreciente de las plataformas digitales laborales (como es el caso de las actividades deservicio doméstico y cuidado).

    La propuesta de convenio sometida adebate en la Conferencia Internacional delTrabajo 2025, elaborada por la Oficina dela OIT, tiene como objetivo la adopción deun instrumento normativo que promueva el trabajo decente en la economía de plataformas. A partir de sus contenidos, es posible resaltar algunos puntos cuya preservación en el documento final es especialmente relevante desde una perspectiva de género, tales como: (a) el reconocimiento de los principiosy derechos fundamentales en el trabajo, incluyendo la eliminación de la discriminaciónen materia de empleo y ocupación; (b) el derecho de toda persona trabajadora a alejarse de una situación de peligro; (c) la exigencia a los Estados de proteger a las personas trabajadoras de plataformas digitales de toda situación de violencia y acoso en el mundo deltrabajo, con inclusión de la violencia y acoso por razón de género; (d) la exigencia que el uso de sistemas automatizados no dé lugar a ninguna discriminación directa o indirecta contra las personas trabajadoras de plataformas digitales, incluido en lo que respecta a la remuneración o al acceso al trabajo; (e) la protección de los datos personales y la privacidad de las personas trabajadoras; y (f) la adopción de medidas para la protecciónde las personas migrantes y refugiadas, que experimentan una mayor vulnerabilidad e indefensión (y que tienen una sobre representación en el trabajo de plataformas).

    En suma, frente al discurso creciente a favor de la desregulación, es necesario defender que la existencia de normas vinculantes con derechos sustantivos es una condición imprescindible para garantizar lacalidad del empleo en los entornos digitalesde trabajo, especialmente para las mujeres. El compromiso de CCOO es seguir trabajando de forma coordinada con la Confederación Sindical Internacional, con el objetivo delograr la ratificación en la CIT de 2026 de unconvenio complementado con una recomendación, que contribuya de forma efectiva aimpulsar el trabajo decente y los derechosfundamentales de todas las personas quetrabajan en la economía de plataformas.

    Fernando Rocha Sánchez. Escuela del Trabajo dela CS de CCOO (@EScueladtrabajo)