Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 16 mayo 2026.

Más democracia en el trabajo: Europa refuerza los derechos de información y consulta con la revisión de la directiva de Comités de Empresa Europeos.

    10/10/2025.
    Comités de empresa europeos

    Comités de empresa europeos

    Desde CCOO, celebramos la aprobación de la revisión de la Directiva de Comités de Empresa Europeos (CEE) en el Parlamento Europeo por 414 votos a favor, 139 en contra y 61 abstenciones: una mayoría amplia que ratifica el acuerdo político sobre la revisión de la Directiva sobre Comités de Empresa Europeos (CEE), que modifica la Directiva 2009/38/CE para fortalecer de forma significativa los derechos de información y consulta de los trabajadores sobre las decisiones empresariales en empresas multinacionales. El éxito es el resultado del trabajo conjunto de los sindicatos integrados en la Confederación Europea de indicatos y la presión ejercida en las Instituciones Europeas.

    Para CCOO, como miembros del grupo de participación de las y los trabajadores de la CES y del grupo ‘ad hoc’ para la renovación de la Directiva, este triunfo del sindicalismo europeo tras años de presión tiene como resultado que las personas trabajadoras de empresas multinacionales están un paso más cerca de que se haga efectivo su derecho a una información y consulta significativas, y es una señal clara de avance en el fortalecimiento de los derechos laborales y de refuerzo de la participación y la democracia en el trabajo. Además, es un mensaje a las direcciones de los grupos con presencia en España de que habrá reglas comunes y exigibles, que tendrán consecuencias reales si no se respetan.

    Principales novedades

    1. El ámbito de aplicación se clarifica y amplía al concretarse qué constituye un asunto transnacional (cuando las decisiones afecten significativamente a trabajadores en dos o más Estados miembros).

    2. Se facilita el establecimiento de los Comités de Empresa Europeos, simplificando la solicitud de la creación de un comité europeo, con menos obstáculos técnicos o legales.

    3. Se mejoran los recursos de funcionamiento y representación

    4. Se busca un equilibrio de género en los Comités de Empresa Europeos: procurando que al menos el 40% se reparta entre mujeres y hombres en los miembros de los comités.

    5. Se refuerzan los derechos de consulta, confidencialidad y transparencia: La consulta debe ser temprana y significativa: los representantes podrán emitir opiniones antes de que se tomen decisiones finales, y la empresa debe dar respuestas motivadas. Lasrestricciones de confidencialidad solo se aplicarán si existen criterios objetivos y por periodos limitados.

    6. Se mejora la capacidad de la representación de las personas trabajadoras de acceder a la justicia y se prevé que las sanciones para incumplimientos sean suficientemente disuasorias.

    Próximos pasos en España con la nueva Directiva de 2025

    Una vez entre en vigor la Directiva, los Estados miembros tendrán hasta dos años para trasponerla al derecho nacional. La aplicación efectiva de sus disposiciones deberá producirse a más tardar tres años después de la entrada en vigor.

    España deberá reformar al menos 6 áreas de la Ley 10/2011:

    1. Redefinir la “consulta transnacional” como previa y significativa.

    2. Detallar procedimientos de respuesta motivada por parte de la empresa.

    3. Garantizar el presupuesto y acceso a los expertos y la formación.

    4. Introducir objetivos de equilibrio de género

    5. Reforzar sanciones y acceso rápido a los recursos judiciales.

    6. Derogar las exenciones (Disposición Transitoria Única).