Confederaci贸n Sindical de Comisiones Obreras | 13 julio 2026.

Revista Trabajadora 88 (Noviembre, 2025)

Informe / Erradicar las violencias machistas: una responsabilidad colectiva, de Paloma V谩zquez Laserna

    LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES es un problema estructural, que no puede ser abordado si no es de forma integral y colectiva. 

    30/01/2026.
    Manifestaci贸n contra la violencia contra las mujeres (Juli谩n Rebollo)

    Manifestaci贸n contra la violencia contra las mujeres (Juli谩n Rebollo)

    Nos toca, como dice la campaña confederal de CCOO de este 25N de 2025. Nos toca, porque por supuesto nos espantan las cifras de asesinadas, de agredidas, de abusadas… pero también porque ya es hora de que pongamos el foco no en las mujeres víctimas, sino en la responsabilidad de los entornos. Porque son nuestras compañeras, nuestras amigas, nuestras hermanas y porque, mientras persistan las violencias o se puede hablar ni de igualdad ni de democracia plena. 

    Las y los sindicalistas de CCOO somos conscientes de nuestra responsabilidad en los centros de trabajo de este país para ejercer de barrera ante las violencias. Tanto las que se produce en los centros de trabajo como las que tienen lugar fuera del mismo, pero que también tienen consecuencias en los entornos laborales. Para ayudar en esta labor

    Los y las sindicalistas somos conscientes de que la erradicación de las violencias de género forma parte de nuestra responsabilidad la secretaría confederal de Mujeres e Igualdad ha elaborado una guía sindical sobre los recursos y derechos que tienen las mujeres víctimas de violencia de género y mujeres víctimas de violencias sexuales. El objetivo es dotar al conjunto de nuestras delegadas y delegados de una herramienta informativa, de fácil uso, que refuerce la capacidad de respuesta de nuestro activo sindical.

    La violencia sexual y la violencia de género son una violación de los derechos humanos de las mujeres y representan un grave problema para la salud pública. Se ven afectadas gravemente la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres que las sufren.

    La discriminación contra la mujer, así como la desigualdad en la distribución del poder y los recursos entre hombres y mujeres son causas fundamentales de la violencia contra la mujer. Dicha violencia ejerce la anulación y negación de la mujer en el ámbito privado y público, consiguiendo con ello, que la misma abandone, entre otros espacios, los entornos laborales, cuando el trabajo es un pilar fundamental del desarrollo personal de quien lo ejerce dotándola de independencia y autonomía personal.

    Es en dichos entornos laborales donde nuestras delegadas y delegados pueden y deben realizar una labor de asesoramiento y acompañamiento, asegurando la protección de las mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de violencias sexuales, haciéndolas sentir seguras, confiadas y apoyadas en todo el proceso que conlleve la situación particular de violencia que hayan padecido. Además, más allá de la violencia que se produce en y con ocasión del trabajo, desde CCOO impulsamos políticas públicas y acuerdos colectivos para combatir las violencias machistas y promover la igualdad, puesto que la violencia no es más que la máxima expresión de la discriminación. La guía que presentamos es el medio adecuado por el cual nuestro activo sindical en los propios entornos laborales podrá llevar a cabo la esperada orientación y amparo que las víctimas requieren. 

    La guía, comprende dos partes, además de una presentación y su correspondiente introducción.

    En la primera parte, se aporta una serie de recomendaciones y consejos para las delegadas y delegados, como referentes directos en los centros de trabajo, para abordar los casos de violencias que pudieran darse en los mismos. Las mujeres empleadas pasan muchas horas del día en el centro de trabajo, lugar que puede ser un ámbito en el que no solo están más seguras que en sus hogares, sino que además allí pueden contar con la compañía, asesoramiento e información de la representación legal de las personas trabajadoras. 

    Muchos son los centros de trabajo que cuentan con representación legal de las personas trabajadoras. La mera presencia de delegadas y delegados permite llevar a cabo actuaciones que sin su existencia es muy difícil formular. Es obvio que muchas reivindicaciones y demandas tienen su fundamento en el marco de las relaciones laborales, pero no solo. Las y los delegados sindicales desempeñan un papel fundamental en la defensa de los derechos laborales y personales de las personas trabajadoras, incluyendo la protección contra situaciones de violencias por ello, deben ser un dique de contención frente a las mismas. 

    En esta parte de la guía se habla de las actuaciones concretas que las y los representantes legales de las personas trabajadoras deben acometer en caso de violencia de género o violencia sexual. Lo primero es fijarse en las señales de alerta. Estas señales no son siempre evidentes ni exclusivas, pero en conjunto pueden alertar sobre una situación de violencia de género o violencia sexual que requiere apoyo y atención especializada. Paralelamente a ello hay que parar el ciclo pernicioso de los rumores, en lugar de difundir la sospecha se debe actuar con discreción, respeto y apoyo a la víctima. Y, si nos piden ayuda, como delegada y delegado garantizarle que lo que nos diga solo se va a dar a conocer si ella lo quiere y hasta donde ella quiera poniendo a su disposición la información de derechos y recursos con los que puede contar. Además, se le puede dar la propia Guía para que pueda consultarla cuando la necesite, recordando que como delegada o delegado se está ahí y que, si le parece oportuno, se puede también solicitar al comité también su apoyo, al igual que se puede solicitar medidas de protección a la dirección.

    La segunda parte de la guía recoge los recursos y derechos a los que toda víctima de violencia de género y víctima de violencia sexual puede optar y/o acogerse. Esta parte comienza con la descripción de quién es víctima de violencia de género y quién es víctima de violencia sexual, así como lo relativo a cómo se acreditan dichas situaciones. A continuación, se hace un somero repaso de los derechos específicos para ambas situaciones de violencias, siendo en su mayoría comunes existen algunos derechos exclusivos, ya sea para víctimas de género como el derecho a la escolarización inmediata, o el derecho al cambio de apellidos o de identidad, mientras que para las mujeres víctimas de violencias sexuales existe, por ejemplo, el derecho a la práctica forense, disponible, accesible y especializada, del que carecen las víctimas de género. 

    Es importante en este apartado tener en cuenta lo relativo a los derechos de las funcionarias públicas, así como las secciones de derechos laborales y derechos económicos. 

    Una vez descritos los derechos concretos la Guía recoge los derechos de las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género y víctimas de violencia sexual a tenor de las recientes modificaciones del reglamento de extranjería. En este apartado se explica quién puede acogerse al derecho de protección, dónde se solicita, si puede pedirlo también para su familia, así como lo correspondiente al derecho a la protección internacional.

    En otro apartado se expone los derechos de las mujeres españolas víctimas de violencia de género y víctimas de violencias sexuales fuera del territorio nacional dando información, entre otras cuestiones, sobre el papel de las embajadas y/o consulados.

    Para finalizar lo relativo a los derechos se hace un capítulo concreto sobre los derechos de las víctimas del delito de los que también son titulares las víctimas de violencia de género y víctimas de violencias sexuales, como el derecho a solicitar una orden de protección; derecho a ser parte en el procedimiento penal etc.

    Por último, la guía hace mención expresa a los recursos sindicales. En concreto informa de cómo las delegadas y delegados deben ser conocedoras y conocedores de las medidas o guías contempladas en los planes de igualdad en cuanto a violencia de género, así como de los Protocolos contra el Acoso Sexual y por Razón de Sexo que, igualmente, se deben firmar en el ámbito de los planes de igualdad. En ambos casos se recogen acciones preventivas pero, también, correctoras, que sirven para no solo sensibilizar a la plantilla en estas materias, sino como medidas de apoyo y protección a las mujeres que han sufrido algún tipo de violencia machista, así como de mejora de sus condiciones laborales.

    Resulta de vital importancia tener a mano los planes de igualdad por parte de nuestras delegadas y delegados, pues son las mejores herramientas que in situ pueden servir a priori como respuesta eficaz ante una situación de violencia de género o violencia sexual.

    Paloma Vázquez Laserna forma parte del equipo de la Secretaría confederal de Mujeres e Igualdad de CCOO