Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 7 octubre 2026.

Revista Trabajadora 89 (Marzo, 2026)

Salud / La evaluación de riesgos laborales, un avance necesario pero insuficiente para las trabajadoras del hogar

    Durante décadas, las trabajadoras del hogar han sido uno de los colectivos más invisibilizados y precarizados del mercado laboral. 

    18/05/2026.

    Un sector profundamente feminizado, excluido de derechos laborales básicos y atravesado por la desigualdad de género, el origen migrante y la falta de reconocimiento social.

    La entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, que obliga a evaluar los riesgos laborales en los domicilios donde trabajan empleadas del hogar, supone un avance histórico fruto de años de lucha sindical y la ruptura de un paradigma de exclusión que significa dejar de concebir el hogar como un espacio de trabajo invisibilizado o un “no lugar” para la legislación laboral y de prevención.

    Desde el 14 de noviembre de 2025, todas las personas empleadoras están obligadas a realizar la evaluación de riesgos laborales, con independencia del tipo de jornada o del tipo de tarea. Se trata de un derecho reconocido desde 1995 para el resto de las personas trabajadoras y que, por fin, es exigible para un colectivo históricamente discriminado.

    Para facilitar el cumplimiento de estaobligación, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha puesto en marcha una herramienta gratuita dentro del programa  Prevención10.

    A través de un cuestionario adaptado a las tareas reales del trabajo doméstico—limpieza, cocina, plancha, preparar y servir comidas, cuidado de personas, trato con mascotas, conducción de vehículos, trabajo nocturno o en régimen interno— , se identifican los riesgos más habituales en el sector, caídas, manejo de cargas, movimientos repetitivos, contagio de enfermedades, exposición a productos químicos, riesgos eléctricos, pero también riesgos psicosociales como el aislamiento, la sobrecarga de trabajo o la falta de límites claros en la jornada.

    Riesgos que, en muchos casos, llevan años provocando lesiones musculoesqueléticas, enfermedades profesionales y graves problemas de salud mental sin ningún tipo de reconocimiento.

    Además,la persona empleadora está obligada a aplicar las medidas preventivas necesarias y a informar a la trabajadora de los riesgos detectados y de las medidas adoptadas.

    Pero no somos ingenuas, y no podemos obviar sus importantes limitaciones, porque la prevención de riesgos laborales no puede limitarse a un formulario online que termine guardado en un cajón. Sin un refuerzo claro de la información, la inspección y el acompañamiento, existe el riesgo de que esta obligación se convierta en un mero trámite formal sin efectos reales sobre las condiciones de trabajo.

    Es imprescindible que las medidas preventivas detectadas se apliquen, que se entregue la información a las trabajadoras y que segarantice su cumplimiento. En un sector marcado por relaciones laborales profundamente desiguales, no basta con confiar únicamente en la buena voluntad de las personas empleadoras, que en muchos casos establecen condiciones de trabajo abusivas aprovechando las situaciones particulares de las trabajadoras del hogar.

    Es importante recordar que, aunque es ya una obligación exigible, los datos muestran que todavía hay miles de hogares que no han realizado la evaluación de riesgos, muchas trabajadoras no saben que pueden exigirla y muchas personas empleadoras desconocen sus obligaciones.

    Pero también que aún quedan pendientes aspectos muy importantes como la elaboración y puesta en marcha del protocolo de actuación contra la violencia y acoso, la regulación específica de la realización de los reconocimientos médicos en el Sistema Nacional de Salud, y las actividades de formación en materia preventiva, aspectos todos muy relevantes en este colectivo.

    A todo ello se suma una reivindicación histórica: la necesidad de un convenio colectivo propio para el sector del empleo del hogar. Sin una regulación específica de jornadas, descansos y condiciones salariales, la prevención de riesgos seguirá siendo insuficiente.

    No se puede hablar de salud laboral mientras persistan jornadas interminables, horarios no registrados y una disponibilidad permanente que afecta de forma directa a la salud física y emocional de las trabajadoras.

    Asimismo, desde el sindicato, seguiremos impulsando actuaciones para garantizar el cumplimiento efectivo de todas las medidas que el Real Decreto contempla trabajando para abordar una realidad cada vez más extendida en este sector, que es la utilización de plataformas digitales y las consecuencias que éstas suponen en términos de precarización de las condiciones, que ha quedado fuera deesta regulación y que seguiremos exigiendo al Gobierno.

    Carmen Mancheño Potenciano es coordinadora de la secretaría confederal de Salud Laboral de CCOO