Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 27 abril 2024.

Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

    En el Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores uno de los objetivos es evitar la pobreza energética y la exclusión social de los consumidores asegurando que ellos tengan información e instrumentos necesarios para gestionar su demanda, optimizar su consumo y reducir su factura energética.

    19/02/2019.

    En el Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores uno de los objetivos es evitar la pobreza energética y la exclusión social de los consumidores asegurando que ellos tengan información e instrumentos necesarios para gestionar su demanda, optimizar su consumo y reducir su factura energética. Con respecto a este último punto, reduce la factura energética, el impuesto especial sobre el valor de producción de electricidad (7%) y el impuesto del gas natural cuando se utiliza en centrales de cogeneración de energía eléctrica y térmica (conocida como “céntimo verde”) quedan suspendidos durante 6 meses desde la aprobación de este Real Decreto-Ley para evitar la subida del precio de la electricidad.

    Otro de los objetivos del Real Decreto-Ley es facilitar la transición energética hacia un modelo descarbonizado. En esta línea, la anulación del llamado “impuesto al sol” permite que la energía consumida de origen renovable, cogeneración o residuos esté exenta de todo tipo de cargos y peajes, favoreciendo, de esta manera, al autoconsumo. Además, se amplía los dominios físicos de una instalación de autoconsumo, eliminando la obligación de estar en el mismo edificio y consiguiendo un modelo de generación más distribuido y con menores pérdidas en red. Se elimina las trabas administrativas haciendo posible que el consumidor se convierta también en productor. También, se elimina la figura del gestor de carga prevista en la Ley del Sector Eléctrico favoreciendo, en este caso, a la movilidad sostenible.