Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 16 mayo 2024.

REVISTA "TRABAJADORA", N. 79 (JUNIO DE 2023)

Por el mundo/ Alcanzar la igualdad de género, de Alejandra Ortega Fuentes y Raquel Gómez Merayo

    Alejandra Ortega y Raquel Gómez escriben sobre la 111ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT organizado en Ginebra a comienzos del mes de junio.

    10/07/2023.
    111ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, 2023.

    111ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, 2023.

    UNA DELEGACIÓN de CCOO ha participado en la celebración de la 111ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT que se celebró en Ginebra del 3 al 16 de junio de 2023. Ha encabezado la delegación, como titular de trabajadoras y trabajadores de España, la secretaria confederal de Internacional, Cooperación y Migraciones, Cristina Faciaben.

    La Conferencia, clausurada el 16 de junio, ha adoptado una nueva recomendación sobre aprendizaje de calidad y varias resoluciones sobre una transición justa y la protección laboral, un programa de trabajo para la OIT y su presupuesto y una resolución sobre Bielorrusia. Además, se ha adoptado el informe de la Comisión de Aplicación de Normas que abarcaba un estudio general presentado en la sesión de Normas con el título Alcanzar la igualdad de género en el trabajo.

    Este estudio general ha versado sobre el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), el Convenio sobre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 156), el Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 183), la Recomendación sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), la Recomendación sobre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 165) y la Recomendación sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 191).

    En la Comisión de Aplicación de Normas, los miembros tripartitos han destacado la urgente necesidad de: eliminar todas las formas de discriminación en el empleo y la ocupación; garantizar una protección plena y efectiva de la maternidad y asegurar el derecho de trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares a ejercer un empleo.

    La delegación de Comisiones Obreras destacó en la sesión dedicada a este debate que la participación de las mujeres en el mercado laboral español se caracteriza por una incorporación paulatina, pasando la tasa de actividad del 42% en 2002 al 53% en 2022, con una gran segregación. Por un lado, la sectorial: siete sectores concentran el 73% del empleo femenino y, por otro, la vertical en función de las ocupaciones. Las mujeres se concentran en ocupaciones consideradas “femeninas” que, históricamente, han tenido menor valor y, en consecuencia, menor salario.

    Se señaló igualmente que en España se han producido avances normativos cuyo objetivo es la igualdad entre mujeres y hombres en diferentes escenarios: el personal, el social y el laboral. La Constitución Española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, acorde con el artículo 1 del Convenio 111 de la OIT. Es la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres la que define los conceptos y categorías jurídicas básicas relativas a la igualdad como las de discriminación directa e indirecta. Su aprobación supuso un avance sin precedentes en la política de igualdad en todos los ámbitos de la vida. Esta norma hace referencia a la participación y representación de las mujeres en el mundo del trabajo, deporte, medios de comunicación, fuerzas armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y establece los permisos por guarda legal de menores de ocho años y de personas dependientes, asimismo amplía los permisos de maternidad, paternidad y lactancia.

    Los últimos permisos mencionados, acordes con los convenios 156 y 183 de OIT, fueron actualizados en normas posteriores. Desde el 1 de enero de 2021 el permiso por nacimiento y cuidado del menor tiene una duración de 16 semanas para cada progenitor. El permiso para el cuidado del bebé lactante, conocido como permiso de lactancia, es un permiso retribuido al que tienen derecho ambos progenitores trabajadores con menores de hasta 9 meses de edad.

    Por otra parte, la reducción de jornada por guarda legal permite a las personas trabajadoras reducir su jornada diaria en diferentes grados para atender el cuidado directo de: hijas o hijos menores de doce años; personas con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida; familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos, y que no desempeñe actividad retribuida y menores a cargo afectados por cáncer o cualquier otra enfermedad grave cuya hospitalización y tratamiento continuados sean de larga duración y requieran cuidado directo, continuo y permanente.

    Además existe la excedencia por cuidado de hijos, permiso voluntario que se puede disfrutar hasta tres años después del parto y la excedencia por cuidado de familiares en la que la persona trabajadora podrá solicitar una suspensión temporal y voluntaria de su contrato para el cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. El tiempo de duración de ambas excedencias computa a efectos de antigüedad y cotizaciones a la Seguridad Social.

    CCOO recordó durante la sesión de Normas que en España la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (2007)introduce los planes de igualdad obligatorios en plantillas de más de 50 personas como herramienta de negociación colectiva destinada a lograr la igualdad, especificando la participación de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras. El principio de igual retribución por trabajo de igual valor afecta a todas las empresas, independientemente del número de personas en plantilla. Por ello se han acordado dos herramientas, por un lado, la herramienta de registro retributivo que permite detectar la existencia de brecha salarial en las empresas con el objetivo de corregir esa diferencia existente; y, por otro, una herramienta para la valoración de puestos con perspectiva de género; el objetivo de ambas es corregir los posibles sesgos de género existentes en los puestos ocupados por mujeres.

    La reforma laboral aprobada en 2021 tuvo como objetivo reducir la precariedad y temporalidad en el empleo, dos variables características del empleo femenino. Desde su entrada en vigor el empleo indefinido femenino ha ido creciendo en detrimento del empleo temporal, lo que evidencia el éxito de la reforma laboral.

    En cuanto al sector de los cuidados, CCOO señaló su apuesta por un Pacto estatal e integral de los cuidados que incluya el sector en sentido amplio: infancia, cuidados de larga duración y cuidados indirectos.

    Alejandra Ortega (@AlejandraORF) es responsable para países árabes, África y Asia y consejera técnica de CCOO para la OIT en la Secretaría Confederal de Internacional, Cooperación y Migraciones de CCOO (@IntCCOO) y Raquel Gómez es socióloga y forma parte del equipo de la Secretaría Confederal de Mujeres, Igualdad y Condiciones de Trabajo de CCOO.

    Revista Trabajadora, n. 79 (julio de 2023).