Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 20 abril 2024.

CCOO pide al Gobierno aprobar y ejecutar, con celeridad, un Plan de Ayudas a trabajadores y empresas afectados por las inundaciones

    Ante los siniestros provocados por fenómenos meteorológicos, como la reciente DANA, además de las ayudas previstas por el Consorcio de Compensación de Seguros o los seguros agrarios para compensar los daños materiales, existe la posibilidad de aprobar ayudas en materia de protección por desempleo y Seguridad Social para empresarios y trabajadores, tanto por cuenta ajena, como autónomos.

    17/09/2019.
    CCOO pide al Gobierno aprobar y ejecutar, con celeridad, un Plan de Ayudas a trabajadores y empresas afectados por las inundaciones

    CCOO pide al Gobierno aprobar y ejecutar, con celeridad, un Plan de Ayudas a trabajadores y empresas afectados por las inundaciones

    La Ley 17/2015 de 9 de julio ante la existencia de zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil, prevé que el Gobierno puede adoptar medidas en materia de Seguridad Social para proteger a las empresas y trabajadores afectados por estos fenómenos.

    Esto puede hacerse, ya ha ocurrido en otras ocasiones, mediante una Orden Ministerial que desarrolla las medidas concretas para paliar las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia, así como en las pérdidas de actividad directamente derivadas de la misma que queden debidamente acreditadas. Algunas de estas medidas son:

    Para los trabajadores que reúnan periodo de cotización necesarios, el SEPE podrá autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo que traigan su causa inmediata de las emergencias no se compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos.Para los trabajadores/as que no reúnan periodo de cotización necesarios, el SEPE podrá autorizar que reciban prestaciones contributivas por desempleo. La TGSS podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho período como efectivamente cotizado por el trabajador.Moratorias de cotización empresarial y de trabajadores autónomos.

    Una parte relevante de estas medidas, en caso de adoptarse, acaban siendo efectivas meses después, al tener que esperar la publicación en el Boletín Oficial del Estado y, a partir de ahí, abrirse la posibilidad de ser pedidas por las personas afectadas ante el Servicio Público de Empleo, Seguridad Social.

    Para CCOO es imprescindible que el Gobierno apruebe este paquete de medidas, con alcance en todas las provincias afectadas por las lluvias torrenciales recientes, en el menor plazo posible; también lo es que su publicación en el BOE sea inmediata, lo que no siempre ocurre; y que se abra con la mayor rapidez, el periodo de reclamación de estas medidas con el fin de acelerar el proceso y evitar la desprotección de las personas afectadas, que además de las pérdidas materiales que pueden haber sufrido en sus hogares, vehículos,…, se enfrentan a una situación de reducción, suspensión o extinción de su empleo inesperada que puede ser temporal o llegar a prolongarse en el tiempo.