Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 17 abril 2024.

CCOO denuncia la utilización electoralista de los menores extranjeros no acompañados

    Ante las declaraciones realizadas por algunos representantes políticos, CCOO considera que es inadmisible en un Estado de Derecho articular un discurso electoralista y un argumentarlo político contrario a los derechos humanos, convenciones internacionales y legislación española, estigmatizando a los menores extranjeros –niños y niñas– en situación de desamparo protegidos por instituciones públicas en España.

    07/11/2019.
    Imagen https://www.savethechildren.es/notasprensa/save-children-alerta-de-la-criminalizacion-que-estan-sufriendo-los-menores-migrantes-que

    Imagen https://www.savethechildren.es/notasprensa/save-children-alerta-de-la-criminalizacion-que-estan-sufriendo-los-menores-migrantes-que

    Durante la campaña electoral se han vertido declaraciones racistas y xenófobas con relación a las niñas y niños extranjeros en situación de desamparo, protegidos y tutelados por las diferentes administraciones públicas en España. Así mismo, ante las agresiones, coacciones y actos diversos contra dichos menores y/o contra los centros donde son protegidos, CCOO considera necesario recordar de los siguientes hechos:

    Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que considera niño/niña a todo ser humano menor de dieciocho años de edad. Así mismo, la Convención obliga a tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que los menores se vean protegidos contra toda forma de discriminación. La consideración primordial a que se atenderá SERA SIEMPRE el interés superior del niño o la niña.Todo Estado parte ha de respetar los derechos enunciados en la Convención y asegurar su aplicación a cada menor sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del menor.Por lo tanto España, a través de las administraciones autonómicas competentes está obligada a proteger, acoger y cuidar a todo menor en situación de desamparo, esto es, carente de pariente y/o familiar adulto que le tutele, acoja o proteja. Igualmente –con carácter general– la Constitución Española establece en su Artículo 39 párrafo 4 que los menores gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos siendo todo ello posteriormente desarrollado por la Ley Orgánica de Protección Jurídica del menor la cual se aplica a TODOS los menores de dieciocho años –niños y niñas, por tanto– que se encuentren en territorio español. Finalmente el artículo 35 de la Ley Orgánica de Extranjería prevé el tratamiento específico de los menores extranjeros en situación de desamparo en España.

    En caso de existir casos concretos de disfunciones que pueden suponer comportamientos indebidos e incluso ilegales, estos deberán ser abordados desde los mecanismos del Estado de Derecho, pero esa excepcionalidad ni puede ni debe ser utilizada como herramienta política para intentar criminalizar a todo un colectivo en extremo vulnerable y débil como son las niñas y niños extranjeros desamparados.

    El sistema de protección de menores español, con sus defectos y carencias y sin duda necesitado de mejoras en cuanto a dotación, especialización y coordinación, implica la respuesta institucional adecuada que es proteger a los menores independientemente de su situación y precisamente por su condición como tales.

    CCOO denuncia que la utilización que se ha hecho del concepto MENA (Menor Extranjero No Acompañado) no es neutral y persigue el objetivo de primar la ley de extranjería sobre la condición fundamental que es la de niño o niña.

    Finalmente CCOO llama al compromiso cívico de la ciudadanía para aislar este discurso que solo pretende generar temor, prejuicio y –en definitiva– odio, al tiempo que reclama la intervención del Ministerio Fiscal que –de oficio– deberá iniciar acciones por si se estuviera incitando al odio hacia colectivos sociales por su diferente origen nacional y además en condiciones de extrema vulnerabilidad.