Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 8 diciembre 2024.

“La sentencia de la Audiencia Nacional viene a obstaculizar la aplicación de la ley en materia de registro horario”

    De “fraude de ley” ha calificado la secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente, la sentencia de la Audiencia Nacional que avala que la empresa Galp Energía descuente de las horas trabajadas el tiempo de las pausas para tomar café o fumar. En declaraciones a Diario 24 Horas de TVE, afirmó que “el objetivo de la sentencia parece que es poner piedras en el camino para que los trabajadores y trabajadoras no disfruten de un derecho que ha costado mucho conseguir”.

    11/02/2020.
    Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO

    Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO

    Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO, ha sido muy crítica con la sentencia de la Audiencia Nacional que desestima la demanda del sindicato contra Galp Energía España y que avala que la empresa haga fichar a sus trabajadores durante las pausas para fumar o tomar café, con el objetivo de descontar ese tiempo de las horas trabajadas.

    En su opinión, la sentencia, que ya ha sido recurrida por el sindicato, suponeun “fraude de ley”, que pretende dificultarel registro de jornada que, como recoge la normativa, debe producirsea la entrada y salida de la jornada de trabajo, y no en todas y cada una de las pausas que se puedan producir durante la jornada de trabajo.

    La secretaria de Acción Sindical de CCOO señala que el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores en todos los supuestos obliga a negociar la jornada laboral con la representación de los trabajadores, así como cualquier modificación que se pueda producir en esa jornada. “La empresa impuso el registro de la jornada laboral sin acuerdo con la representación de los trabajadores. La implantación unilateral del registro y la modificación de los usos y costumbres y de la normativa de registro no se ajustaba a la legalidad vigente, por lo que recurrimos”, recordó.

    Por ello, considera que “esta sentencia el único objetivo que tiene es dificultar el registro de jornada; poner piedras en el camino para que los trabajadores y trabajadoras no hagan uso de un derecho que ha costado mucho conseguir, y que viene a corregir una situación que generaba muchos fraudes”, explicó.

    “Registrar la jornada y aplicar bien la normativa supone acabar con millones de horas extraordinarias que ni se pagan ni compensan de ninguna manera. Desde 2018, solo las horas que no se pagaron ni se disfrutaron equivalen a 246.000 puestos de trabajo a jornada completa”, concluyó con rotundidad.