Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 28 marzo 2024.

Las plataformas digitales deben adaptarse a la legislación laboral

  • El proceso de diálogo social que acaba de comenzar debe poner fin a las prácticas ilegales y de explotación laboral de estas empresas.

Las organizaciones sindicales CCOO y UGT valoramos la puesta en marcha de la Mesa de Diálogo Social para la regulación de las plataformas digitales, cuya constitución se produjo este miércoles 28 de octubre a convocatoria del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

29/10/2020.
Las plataformas digitales deben adaptarse a la legislación laboral

Las plataformas digitales deben adaptarse a la legislación laboral

El planteamiento conjunto de ambas organizaciones parte de la necesidad evidente de regular la actividad económica que desarrollan las plataformas digitales, tal y como se ha empezado a hacer en la Unión Europea. Hay una gran cantidad de ámbitos en los que se está planteando una regulación (derechos civiles, unidad de mercado, normas de competencia, protección de los consumidores, derechos de autor, transparencia, uso de datos personales, etc.), que debe garantizar que el avance progresivo de la economía digital sea seguro, ordenado, justo, equilibrado e integrador.

Por lo que respecta al ámbito laboral, UGT y CCOO se oponen radicalmente al establecimiento de cualquier tipo de segregación regulatoria del mercado de trabajo que implique la aprobación de un corpus laboral ad-hoc para las plataformas digitales. Su negativa a aplicar la legislación laboral las convierte, además, en competencia desleal para las empresas que realizan actividades equiparables. Su uso disfuncional de la normativa laboral -no pago de salarios a las y los trabajadores, no pago de cotizaciones sociales- acarrea pérdida de derechos para los trabajadores y trabajadoras, y pérdida de recursos para el sistema de Seguridad Social.

Las plataformas digitales necesitan replantear sus modelos de negocio integrando en sus estructuras contables los costes de los recursos humanos necesarios para la realización de sus actividades y asumir el resto de obligaciones legales que conllevan los derechos laborales y los sistemas de protección social.

Laboralidad indiscutible

Las plataformas digitales, como ha señalado el Tribunal Supremo en la sentencia 805/2020, de 25 de septiembre para la unificación de doctrina, tienen actuaciones que revelan el carácter laboral de su relación con las personas que trabajan para ellas (control de la actividad, regulación de las condiciones de prestación del servicio, pago por servicios, etc.). Han construido un modelo de negocio basado en aprovechar las circunstancias -paro masivo provocado por las crisis sucesivas, migración- para reinventar la explotación laboral en la era tecnológica. Ganan dinero porque traspasan los costes de la actividad a los propios trabajadores y trabajadoras.