Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 9 diciembre 2024.

Más ingresos, más protección, más certezas

    CCOO ratifica por unanimidad el acuerdo de la segunda fase de la reforma de pensiones, con la mejora de ingresos y la reducción de la brecha de género como ejes prioritarios.

    15/03/2023.
    Consejo Confederal de CCOO

    Consejo Confederal de CCOO

    Tras la presentación por el secretario general de CCOO, Unai Sordo, y el secretario de Políticas públicas y Protección social, Carlos Bravo, de las líneas generales del acuerdo cuyo borrador fue enviado ayer tarde a todas las organizaciones, el Consejo Confederal de Comisiones Obreras ha ratificado esta mañana el acuerdo de la segunda fase de la reforma de pensiones, en el que las medidas de incremento de ingresos contributivos y la reducción de la brecha de género se destacan como ejes de actuación prioritaria.

    Se completa así la primera fase llevada a cabo en julio de 2021, en la que se revertían los recortes impuestos sin consenso político y social alguno por el gobierno del Partido Popular, principalmente mediante una fórmula de revalorización que la limitaba al 0,25% anual, y un “factor de sostenibilidad” que reducía la pensión inicial de las generaciones de trabajadores más jóvenes en la medida en la que evolucionase la esperanza de vida. En aquella primera etapa de la reforma, que contó con el acuerdo de las organizaciones empresariales, se incluía un primer paquete de medidas de refuerzo de ingresos basadas en un compromiso de transferencias del Estado de hasta un 2% del PIB anual y un nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales para los trabajadores autónomos que se concretaron mediante sendos acuerdos tripartitos y la aprobación de la Ley 21/2021 y el RDLey 13/2022. Se preveía además una segunda fase de negociación, que debía completar la estructura de ingresos para garantizar el sistema público de pensiones sustituyendo la opción de disminución de cobertura y protección de las mismas por la de mantener la fortaleza de nuestra Seguridad Social, reforzando su financiación.

    En esta segunda fase se culminan las medidas de incremento de ingresos de origen contributivo. En este sentido cabe señalar el incremento progresivo de las bases máximas de cotización, que se incrementarán hasta el año 2050 un 38% por encima de lo que lo haga la inflación, acercándonos así al estándar de los países europeos de nuestro entorno, al elevar los actuales 53.940 euros anuales de base máxima hasta los 75.000 en 2050, en euros constantes.

    Se garantiza también el incremento de bases máximas de cotización y todas las pensiones, desde las mínimas hasta las máximas, con el IPC promedio. Es esta una garantía completa de mantenimiento del valor real de los elementos centrales de nuestra Seguridad Social, bases de cotización y pensiones, que se incorpora por primera vez en la Ley General de Seguridad Social.

    Se avanza también de forma decisiva en la cotización por ingresos reales, al establecer por todas las retribuciones que excedan de la base máxima en cada momento, también de forma progresiva una cotización de solidaridad para los salarios que superen la base máxima, y que contribuirán al sostenimiento del sistema con un tipo de cotización que oscilará entre el 1% y el 6% de la parte de sus salarios que superen la base máxima. Finalmente, se ha revisado el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) llevando el tipo progresivamente hasta el 1,2% (1% a cargo de las empresas y 0,2% a cargo de las personas trabajadoras) hasta el año 2050. Todas estas cotizaciones, además de contribuir a reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones, tienen un efecto retorno para empresas y trabajadores a través de su deducibilidad fiscal en Impuesto de Sociedades e IRPF, contribuyendo con ello a financiarlas.

    El conjunto de medidas de mejora de ingresos se ve acompañado ahora, además, por la positiva evolución que viene registrando la recaudación contributiva del sistema de Seguridad Social, como consecuencia de la mayor estabilidad en el empleo y la mejora de ingresos derivada de la reforma laboral y el incremento del Salario Mínimo Interprofesional.

    Junto a las anteriores, las medidas de reducción de brecha de género concentran el grueso de actuaciones incorporadas al acuerdo. Se ha incluido así, el incremento de los periodos reconocidos como cotizados a 3 años en caso de reducciones de jornada y excedencia por cuidado de hijos, menores o familiares de hasta segundo grado. Se establece el incremento de la cuantía del complemento de la brecha de género en un 10% adicional a lo que lo haga la inflación en los dos próximos años. Mejora la fórmula de integración de lagunas para las mujeres trabajadoras, aumentando hasta 5 años los periodos que se computan al 100% de la base mínima y hasta 2 años adicionales los que lo hacen al 80% de esa referencia.

    Por su parte, la incorporación de una garantía de suficiencia en la cuantía de las pensiones mínimas y las pensiones no contributivas también despliega un evidente efecto de reducción de brecha de género, ya que 2/3 de las personas que son titulares de estas prestaciones son mujeres. Por primera vez, se incorpora una garantía en la Ley General de la Seguridad Social para que el umbral de riesgo de pobreza actúe como suelo de las pensiones mínimas contributivas y no contributivas, además de incrementarse con carácter general todas las pensiones mínimas por encima de la inflación los próximos 4 años y especialmente la pensión de viudedad con cargas familiares.

    Finalmente, la nueva fórmula de periodo de cálculo también supondrá una mejora de las pensiones causadas por quienes tienen una carrera de cotización más precaria y discontinua, un rasgo distintivo de la brecha de género en el empleo. En este caso se ha acordado que hasta el año 2040 se garantiza el derecho de opción a la situación que sea más beneficiosa para cada persona pensionista: calcular la pensión con los últimos 25 años cotizados o con los mejores 27 años cotizados en el periodo de los últimos 29.

    En resumen, se completa una reforma de pensiones mediante tres acuerdos sucesivos negociados en el marco del Diálogo Social entre 2020 y 2023, plenamente alineada con las cuartas Recomendaciones del Pacto de Toledo aprobadas en noviembre de 2020 con un 80% de apoyo parlamentarios, que nos sitúa en las condiciones necesarias para preservar el sistema de pensiones en España ante los retos que tiene que abordar, reforzando su equidad, su financiación y su capacidad de protección.

    Una reforma de gran calado basada en dos pilares, más ingresos y más protección.