Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 29 abril 2024.

¿Cómo participa la sociedad y sus organizaciones en los medios de comunicación que paga y sostiene?

    22/12/2023.
    Derecho de acceso a los medios de comunicación en "Gente con clase".

    Derecho de acceso a los medios de comunicación en "Gente con clase".

    ¿A qué estaría bien que en un sistema democrático -de libertades, derechos y deberes consolidados- los ciudadanos y las ciudadanas nos viésemos representadas y nos sintiéramos escuchadas por los medios de comunicación que sustentamos con nuestra atención o bien que sufragamos a través de los presupuestos? Por no ser muy exigentes, aflojemos... ¿Nos conformaríamos, al menos, con que ocurriese en los medios propiedad del Estado, las comunidades  y los municipios? Decimos que estaría bien porque, no nos engañemos, eso o no ocurre o se produce de forma parcial.

    Las reclamaciones a ese respecto comenzaron en Estados Unidos. La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) impulsó en 1949 la "doctrina de la equidad" con el  fin de promover  el derecho de acceso a los medios de radiodifusión. Ésta establecía dos premisas  para los medios audiovisuales: 

    a) Dedicar una cantidad razonable del tiempo de antena a temas polémicos de interés public

    b) Ofrecer oportunidades de expresión a las partes afectadas por una  controversia. 

    Sin embargo, debido a una política de creciente desregulación entre 1987 y 1991, la propia FCC disolvió esta doctrina respecto a la mayoría de asuntos de interés general.

    En un Estado democrático, el derecho de acceso a los medios de comunicación ofrece a la ciudadanía la posibilidad de incidir en los contenidos, en su producción  y programación, o incluso, en la gobernanza de los medios públicos de comunicación. Se trata de un derecho muy poco regulado y desarrollado  en la mayoría de los países. Y aunque en España tiene un reconocimiento como derecho fundamental en la Constitución de 1978, apenas tiene una aplicación testimonial.

    La Constitución en su artículo 20, punto 3, dice: "La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España." Eso en cuanto a los medios públicos, pero además están los privados de los cuales hablaremos también. Se sientan con nosotros, José Ignacio Pastor, president de la asociación ‘Ciutadanía I comunicaciò’; Ángel García, director de Políticas Audiovisuales en Corporación Radio Televisión Española; y Empar Pablo, secretaria confederal de Comunicación de CCOO.