Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 22 mayo 2025.

REVISTA "TRABAJADORA", N. 84 (NOVIEMBRE DE 2024)

Un sindicato de hombres y mujeres/ Reformas de Seguridad Social e igualdad, de Carlos Bravo Fernández

    Carlos Bravo, secretario confederal de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO, escribe sobre igualdad y las reformas de la Seguridad Social.

    19/11/2024.
    Carlos Bravo, fotografía de Julián Rebollo.

    Carlos Bravo, fotografía de Julián Rebollo.

    TRAS EL Pacto de Toledo, desde 1995 se pone en marcha la construcción de un sistema de reformas de Seguridad Social a través de acuerdos de amplio espectro: social, con organizaciones sindicales y empresariales, y político a través de distintas mayorías parlamentarias.

    El debate inicial se centró en dos conceptos clave, la suficiencia de las prestaciones y la sostenibilidad financiera, pero ya aparecía un tercer elemento que ha venido vertebrando de forma creciente en el tiempo las sucesivas reformas: la brecha de género que, desde las diferencias en términos de corresponsabilidad en el hogar, en la sociedad y, muy singularmente, en el marco laboral, ha dado una menor protección a las mujeres. Hoy, aún lejos de eliminar esa brecha, hay que ser conscientes tanto de los relevantes avances producidos, como del camino que queda por recorrer.

    Centrándonos en pensiones de jubilación y derivadas de fallecimiento, hay dos tipos de diferencias en la cobertura de pensiones entre hombres y mujeres. Una de origen regulatorio, que afecta a las pensiones de viudedad y otra, que da información más homogénea, centrada en la jubilación, que refleja la brecha salarial. Ambas son relevantes y exigen actuaciones distintas.

    La primera, diseñada en un sistema de hombres trabajando fuera de casa y mujeres dentro, éstas últimas sin reconocimiento laboral alguno. Configura una prestación que se define como un porcentaje de la pensión que correspondería a la persona fallecida (formalmente para cónyuge supérstite, pero la mayor esperanza de vida y menor presencia laboral dan que más del 90% de personas beneficiarias, aún hoy, sean mujeres). Inicialmente, un 45%, se incrementó al 52% tras el primer acuerdo de concertación social entre Gobierno y sindicatos en 1996, si bien algunos colectivos (cargas familiares, única fuente de rentas) pueden alcanzar el 60-70%, tras la reforma también pactada de pensiones de 2011.

    Es una regulación cuya necesaria adaptación a la sociedad actual se proclama de forma habitual en el Pacto de Toledo, pero sigue pendiente.

    En jubilación hay un impacto positivo coordinado por la incorporación y normalización del trabajo femenino, que hace que en pocos años se haya pasado de 1/3 de mujeres sobre el total de personas jubiladas anuales a un 43% actual, de un lado, y las sucesivas y relevantes medidas que se han ido acordando para reducir la brecha de género en pensiones.

    La Seguridad Social, clave para combatir la brecha salarial

    EL SISTEMA de pensiones refleja las diferencias de partida que condicionan la carrera profesional de las trabajadoras: más tiempo parcial no deseado, o una evolución de presencia y retribución laboral de las mujeres equiparable a la masculina hasta pasados los 30 años, pero que tras la primera maternidad presenta una separación, que se mantiene hasta el fin de la carrera profesional.

    Por ello, las medidas que se han ido acordando en esta materia, intentan corregir esa diferencia que aún subsiste y que la mayor tasa de actividad femenina no ha erradicado.

    Las medidas acordadas en el Diálogo Social en 1996, 2011, 2019, 2023 o 2024 han sido diversas, formalmente neutras casi siempre, pero buscando el efecto corrector de la desigualdad de género: reconocimiento de periodos cotizados por interrupción de la vida laboral para el cuidado de menores, excedencias para cuidados de menores o mayores, complementos económicos para reducir la brecha de género, consideración de día trabajado a tiempo parcial como día cotizado a todos los efectos…

    Los efectos agregados son claros. El promedio de años cotizados de las jubiladas en 2009 era 27,56 frente a 38,89 de jubilados. En 2022 esas cifras son 33,8 y 40,1, respectivamente, (+6,23 años ellas; +1,21 años ellos), manteniéndose una diferencia aún relevante, pero con tendencia claramente descendente. Más del 50% de las jubiladas en 2022, superan 36 años cotizados y las que superan 39, han pasado del 16% al 37%.

    Con ello, la base reguladora media de la pensión de las jubiladas en el año ha ganado 13,01 puntos porcentuales entre 2009 y 2022. Un +2,62% los jubilados.

    Otro elemento relevante es la mejora de pensiones mínimas, que en el último acuerdo de 2023, se vinculan con índices de pobreza severa y relativa, según se hable de pensiones no contributivas o pensiones mínimas contributivas. Aquí se actúa sobre las pensiones más bajas, personas con menor renta y, en general con las peores carreras profesionales, mayor tiempo parcial, menores salarios… Las personas beneficiarias de estos incrementos adicionales de pensión, algunos muy relevantes, son mayoritariamente mujeres.

    La Seguridad Social constituye un marco relevante de acción sindical para combatir la brecha de género; la concertación social ha permitido avances significativos en los que CCOO seguirá profundizando hasta conseguir que desaparezca.

    Carlos Bravo (@carlosbravofdez) es secretario confederal de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO.