Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 9 diciembre 2024.

CCOO celebra la aprobación de la Directiva Europea de Salarios Mínimos Adecuados

    15/09/2022.
    CCOO celebra la aprobación de la Directiva Europea de Salarios Dignos.

    CCOO celebra la aprobación de la Directiva Europea de Salarios Dignos.

    CCOO celebra que la UE haya dado un paso importante para poner fin a los salarios de pobreza en Europa, cuando el poder adquisitivo está sufriendo la mayor recesión del siglo y con salarios mínimos legales que han caído en un 19% en términos reales.

    Este sindicato ha defendido con fuerza en la Confederación Europea de Sindicatos (CES) la urgencia de una norma comunitaria para garantizar salarios mínimos dignos en toda Europa para acabar con la pobreza laboral y para evitar el dumping salarial entre países, lo que no es incompatible con la acción sindical, la negociación colectiva salarial ni el diálogo social como demuestra la experiencia española.

    El Parlamento Europeo ha aprobado la Directiva europea sobre Salarios Mínimos Adecuados en la UE con 505 votos a favor, 92 en contra y 44 abstenciones. El final del proceso de la Directiva será la aprobación, a finales de septiembre, por el Consejo Europeo.

    La nueva normativa exige que los salarios mínimos de todos los Estados de la UE garanticen unas condiciones de vida y trabajo dignas. Para determinar si los salarios mínimos legales vigentes son adecuados, los Estados podrán tomar como referencia una cesta de bienes y servicios a precios reales o el 60% de la mediana salarial bruta o el 50% del salario medio bruto.

    La Directiva respeta las prácticas nacionales de fijación de salarios, es decir, la fijación del salario mínimo seguirá siendo competencia de los Estados miembro. Promueve la negociación colectiva como elemento esencial para lograr salarios mínimos adecuados y el refuerzo de la negociación colectiva en los países donde su cobertura sea inferior al 80 % de los trabajadores, donde se deberán establecer con la participación de sindicatos y patronales, planes de acción para promoverla. Además, las empresas que reciben contratos públicos estarán obligadas a respetar el derecho de sindicación y negociación colectiva de conformidad con los Convenios 87 y 98 de la OIT.

    Los Estados de la UE donde el salario mínimo se determine exclusivamente a través de convenios colectivos no estarán obligados a introducir estas normas ni a aplicar dichos convenios de manera universal. 

    Introduce también el derecho de las personas trabajadoras a compensación en caso de incumplimiento de la normativa. Los Estados estarán obligados a establecer un sistema para asegurar el cumplimiento de la Directiva.

    En la línea que ha defendido la CES, desde CCOO consideramos que los Estados deberían aplicar de forma inmediata la Directiva, sin agotar los dos años para transponerla a sus ordenamientos para dar respuesta a la urgencia que sufren los trabajadores y las trabajadoras con bajos salarios ante el incremento del el coste de la vida