Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 19 agosto 2025.

SI SE MANTIENE EL RITMO DE NOTIFICACIÓN SE CERRARÍA 2025 CON MÁS DE 650 CASOS

España sufre una reemergencia de la silicosis en el siglo XXI

    19/08/2025.
    Imagen de archivo

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    Un informe del Ministerio de Sanidad presentado el pasado día 3 de abril pone de relieve tanto los datos como las causas de tal reemergencia. Se ha pasado de los 15 partes de enfermedad profesional por silicosis comunicados el año 2000 a los 512 de 2024, año en el que se alcanzó el nivel máximo de notificación en lo que llevamos de siglo. Por otro lado, los datos provisionales que vamos conociendo apuntan a que 2025 volverá a establecer un récord y que lo hará por una amplia diferencia. La rama de producción a la que se le atribuye una mayor responsabilidad en la reemergencia de la silicosis en nuestro país es la de la fabricación y manipulado de piedra artificial. El registro de enfermedades profesionales en España, tomando los datos de 2024, ralentiza su incremento y sigue sin recuperar el nivel anterior a la pandemia. En CCOO sabemos que no es por la inexistencia de casos, que los hay, sino por su falta de notificación.

    El ritmo de la modificación en la primera mitad del año, según los datos publicados en las estadísticas del registro de Enfermedades profesionales (CEPROSS) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, indican que se han comunicado 369 partes por silicosis, lo que supone un 72 % del total de casos registrados en 2025. Si se mantuviera este ritmo de notificación se cerraría el año con más de 650 casos.

    Los datos provisionales no desglosan la distribución de estos casos por variables significativas. Sin embargo, gracias al análisis de los datos consolidados de años anteriores, sabemos que la mayoría de las silicosis en España se acumulan en cuatro sectores de actividad: la metalurgia -fundamentalmente en las fundiciones-, las industrias extractivas -desde hace años focalizado en canteras de roca ornamental, grava, arena, etc.-, la construcción -que ha experimentado un significativo repunte en los últimos años- y, sobre todo, la fabricación de productos minerales no metálicos.

    En esta última actividad se encuentran sectores como la cerámica o el vidrio, pero en el repunte de la actividad se atribuye una mayor responsabilidad en la reemergencia de la silicosis al sector de la fabricación y manipulado de piedra artificial. Como señalan los estudios científicos que vamos conociendo, como el Análisis de los procesos asistenciales hospitalarios por silicosis en España, 1997-2020[1], Investigación de la Fundación para la Gestión de la Investigación Biomédica Cádiz INiBICA, la Universidad de Cádiz (UCA )y el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz[2], estos nuevos materiales tienen un contenido importante en sílice cristalina y presencia de otras sustancias con efectos cancerígenos o proinflamatorios del tejido pulmonar. Y hay que recordar que las exposiciones a sílice cristalina son también responsables de otra enfermedad profesional como es el cáncer de pulmón -12 casos registrados en lo que llevamos de 2025 por 19 en 2024-, y otras patologías que aún no son consideradas como contingencias profesionales, como las enfermedades reumáticas autoinmunes sistémicas, la EPOC o la insuficiencia renal.

    Esta situación de falta de identificación, notificación y registro de las enfermedades debidas a exposiciones en el ámbito laboral no son nuevas y han sido denunciadas por CCOO hasta la saciedad, sin obtener una repuesta convincente. El registro de enfermedades profesionales en España, tomando los datos de 2024 ralentiza su incremento y sigue sin recuperar el nivel anterior a la pandemia, que es paupérrimo. No por la inexistencia de casos, que los hay, sino por su falta de notificación. En 2024 se han registrado 26.993 partes comunicados de enfermedad profesional, un nivel de notificación escaso, que oculta la mayor parte de casos de enfermedades producidas por el trabajo y que no soluciona el problema endémico del subregistro de las mismas. 

    La falta de reconocimiento no solo significa una injusticia manifiesta hacia las personas trabajadoras ya que pierden prestaciones, también es una estafa, al cargar los costes asistenciales al sistema público de salud financiado vía impositiva y no usar los recursos de cuotas empresariales asignados para tal fin. Como se ha referido, lo que no se conoce, no se previene; no se toman las medidas para corregir las condiciones de riesgo en el trabajo que las producen y deja una situación de desamparo flagrante.

    Son muchas enfermedades relacionadas con el trabajo que pasan como comunes, las clásicas; las osteomusculares y las nuevas que son fruto de la economía de plataformas, la digitalización y la Inteligencia Artificial (IA), que pueden ser origen de riesgos psicosociales laborales (ansiedad, estrés). 

    En CCOO planteamos en el ámbito específico del subregistro de las enfermedades profesionales que hay que adoptar soluciones que pasan tanto por reformas normativas, como por medidas técnicas preventivas. En ello es fundamental una separación estricta entre quien califica la enfermedad como profesional y la asunción de las responsabilidades asistenciales y de capitalización de las prestaciones a las que da lugar, para evitar que haya esa colisión de intereses. Y en este punto  reformar el papel de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social es clave. Es importante que la persona trabajadora afectada por una enfermedad susceptible de ser profesional no tenga que soportar el trámite burocrático de demostrar la relación causal exclusiva con la exposición laboral. Se deben articular modelos centinela y de sospecha de enfermedad profesional para que desde los sistemas públicos de salud, tanto atención primaria como especialidades, se puedan elevar diagnósticos de posible origen profesional de la enfermedad que tratan, para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social resuelva motivadamente.

    Es urgente actualizar el listado de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, introduciendo la perspectiva de género de forma transversal y poniendo al día los impactos en salud de las nuevas tecnologías, las nuevas formas de organización del trabajo, así como los daños por factores de riesgos psicosociales laborales. Para incrementar la identificación de cánceres de origen laboral se deben establecer registros de empresas y de personas trabajadoras con exposición a agentes cancerígenos con el fin de realizar una trazabilidad de los lugares de exposición si se diagnostica la enfermedad. Además, particularmente con la exposición a la sílice se precisa la aprobación de un real decreto específico para los trabajos con exposición a sílice cristalina con especial atención a las actividades de producción y manipulación de piedra artificial. La propuesta de reducir el valor límite de exposición diaria de 0,05 mg/m3 a 0,025 mg/m3 es importante, hay que tener en cuenta que la evidencia científica actualizada asocia un riesgo residual de 4 casos de cáncer de pulmón por cada 1.000 personas expuestas a una concentración en los puestos de trabajo de 0,03 mg/m3.

    CCOO, en general, en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo demanda en el diálogo social la urgente actualización de la Ley de Prevención de Prevención de Riesgos Laborales y sus Reglamentos de desarrollo; exigimos reforzar la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hasta alcanzar un ratio de un inspector por cada 10.000 personas activas; crear juzgados especializados en seguridad laboral y aumentar los recursos de las fiscalías especializadas. Y ponen un especial énfasis en demandar la creación de la figura del delegado o delegada de prevención territorial como elemento sindical básico para llevar la acción sindical preventiva en aquellas empresas sin representación legal de las personas trabajadoras.