Confederaci贸n Sindical de Comisiones Obreras | 9 octubre 2025.

CCOO y UGT exigen a Seguridad Social corregir la actuaci贸n de algunas mutuas y garantice el derecho de las familias a la CUME

    07/10/2025.
    Denuncian a algunas Mutuas que limitan el derecho de las familias abrum谩ndolas con exceso de burocracia que la ley no requiere.

    Denuncian a algunas Mutuas que limitan el derecho de las familias abrum谩ndolas con exceso de burocracia que la ley no requiere.

    Ambos sindicatos trasladan al secretario de Estado de la Seguridad Social quejas de varias plataformas de afectados que denuncian a algunas Mutuas que limitan el derecho de las familias abrumándolas con exceso de burocracia que la ley no requiere. 

    La conocida como CUME, prestación por cuidado de hijo o menor afectado por cáncer u otras enfermedades graves se creó en 2011 dando respuesta en aquel momento a una reivindicación sindical. En la actualidad, se protege con ella a un total de 17.202 familias en las que uno de los progenitores se ve obligado a reducir su jornada de trabajo para cuidar de un hijo o menor que precisa de cuidado y atención permanente. Las patologías que actualmente prevé la norma para ser protegidas por esta prestación son 113 y todas ellas de una gravedad extrema (cáncer, leucemia, tumores, sarcomas, aplasias medulares, desórdenes neurológicos y psiquiátricos, lesiones medulares, epilepsia…) y pueden consultarse en el RD 1148/2011. 

    Son varias las plataformas de personas afectadas que se han puesto en contacto con CCOO y UGT para plantear los problemas que encuentran a la hora de poder ejercer su derecho a la prestación debido a que algunas mutuas, que son las entidades encargadas de la gestión, están exigiendo un volumen de documentación que supera en mucho lo que exige la norma para acreditar la situación y reconocer las prestaciones. 

    En concreto, algunas mutuas están exigiendo que cada dos meses las familias acrediten con informes médicos nuevos la situación que sufre el menor y ello, pese a que se trata de enfermedades en ocasiones muy graves que no pueden evolucionar de manera significativa en periodos muy largos de tiempo, e incluso de situaciones tristemente irreversibles. No es por casualidad que la duración media de esta prestación supere los 590 días.

    En otras ocasiones las quejas se derivan de la exigencia de documentación adicional que la norma no prevé como certificados de escolaridad e informes médicos adicionales, entre otros.

    Ambas organizaciones recuerdan que la CUME es un derecho creado a iniciativa de las organizaciones sindicales en 2011 y ampliado en la reforma de pensiones de 2023 acordada en el diálogo social, extendiendo su duración hasta que el hijo o menor alcance la edad de 23 años con carácter general y hasta los 26 años cuando, además, se acredite una discapacidad del 65% o superior.

    Por todo ello, UGT y CCOO han reclamado formalmente al secretario de Estado de la Seguridad Social en el último Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que emita las instrucciones necesarias para corregir la actuación que algunas Mutuas están teniendo en relación con la CUME. En este sentido han reclamado también la emisión de un criterio de gestión que sea de obligado cumplimiento en todas las mutuas por el que el requerimiento de documentación se ajuste exclusivamente a lo que prevé la ley y, en cualquier caso, la periodicidad con la que se solicitan los informes médicos se objetive en base a la gravedad de la situación sanitaria que presente cada hijo o menor causante de la prestación.

    Por último, ambos sindicatos han llamado la atención sobre la necesidad de que el Ministerio de Seguridad Social, al amparo de lo ya previsto en la disposición final tercera del RD 1148/2011, revise el listado de enfermedades consideradas graves, cubiertas por la CUME y lo amplíe de manera que su acción protectora alcance a la totalidad de situaciones que actualmente se encuentran en una situación similar.

    Los sindicatos de clase reclaman así que se garantice el derecho de todas las familias y las personas trabajadoras que precisan estar protegidos por la CUME, liberándoles de los obstáculos que en ocasiones están encontrando en la actuación de algunas Mutuas.

    Finalmente, recuerdan a todas las familias y personas afectadas la conveniencia de que acrediten la situación en la que se han podido ver inmersos, dejando constancia en la oficina virtual de reclamaciones que la Seguridad Social tiene habilitada para las prestaciones que son gestionadas por las Mutuas https://www.ovrmatepss.es/virtual/ de modo que ello contribuya a una mejor garantía del ejercicio de los derechos de Seguridad Social.