Confederación Sindical de Comisiones Obreras | 28 marzo 2024.

OPINIÓN

Las que cuidan, de Eva B. Cerdeiriña

    Eva B. Cerdeiriña, secretaria de Políticas Públicas y Salud Laboral. CC OO Illes Balears, escribe en Diario de Mallorca.

    13/03/2023.
    Eva B. Cerdeiriña.

    Eva B. Cerdeiriña.

    LA OIT (Organización Internacional del Trabajo) define el trabajo de cuidados como aquel que engloba dos tipos de actividades; por un lado, las no remuneradas, que consisten en la prestación de cuidados por parte de cuidadores y cuidadoras sin recibir ninguna prestación económica. Por otra parte, el segundo tipo es el trabajo de cuidados remunerado. Este último comprende una gran diversidad de trabajadoras y trabajadores, tal como los de las actividades sanitarias, los servicios personales, o de los servicios sociales, entre otros.

    Es un hecho incontestable que la mayor parte de trabajos de cuidados (remunerados o no) recaen en las mujeres, como consecuencia del secular reparto desigual de los roles en los hogares. La falta de corresponsabilidad en el trabajo no remunerado de cuidados se plasma en una acumulación de jornadas que supone un lastre para la participación laboral de las mujeres, su vida profesional y el desarrollo de su vida personal.

    Más allá de la «doble jornada» que implica para las mujeres la acumulación del trabajo productivo y reproductivo, no hay que olvidar que el mantenimiento de la vida personal y colectiva requiere de acciones en distintos ámbitos, como el sostenimiento de redes afectivas y la participación sociopolítica (lo que en algunos ámbitos se denomina la «triple jornada»). No debemos ignorar la actividad del ocio, terreno en el que las mujeres siguen dedicando menos tiempo que los hombres, precisamente por la sobrecarga de las otras dos esferas. Ellas no solo dedican más tiempo al trabajo doméstico (no visibilizado, no remunerado), sino que también son las que mayoritariamente organizan, planean y se preocupan por la vida familiar, lo que especialmente, en el caso de madres de hijos e hijas pequeños, deriva en una doble responsabilidad, familiar y profesional, difícilmente asumible. Las mujeres se ven limitadas en su participación laboral y progresión profesional no solo por el llamado «techo de cristal», sino también por un «suelo pegajoso», es decir, un conjunto de dificultades derivadas de la acumulación de jornadas, que les sitúa en carreras laborales más inestables, atípicas o percibidas como menos comprometidas con el empleo.

    El aumento de la participación laboral femenina va unido al fomento de la disponibilidad y asequibilidad de infraestructuras y servicios profesionales de cuidados a las personas, ya que permitirá ahorrar la carga de trabajo de aquellas, y también profesionalizar ocupaciones especialmente feminizadas. Además, si la dedicación no profesional del cuidado se formalizara, equivaldría a más de 970.000 empleos a jornada completa, con un potencial económico de 7.812 millones al año (según el estudio «Coste de oportunidad de la brecha de género en la conciliación).

    La «economía de los cuidados» debería adoptar las 5 erres que define la OIT: reconocer, reducir, redistribuir el trabajo de cuidados no remunerados; retribuir y promover más trabajos de cuidados decentes y garantizar la representación sindical y laboral de las trabajadoras de cuidados. Con ello lograríamos no solo la mejora de la conciliación de la vida personal y laboral, sino que el Estado asumiese en toda su extensión el sistema de cuidados, el cuarto pilar del Estado de Bienestar; una responsabilidad que no solo apenas se ha articulado desde la esfera de lo público, sino que se ha externalizado de forma sistemática, canalizándola a través de procesos de subcontratación y licitación.

    Habría que plantearse en qué medida la dejación del Estado en la no asunción del sistema de cuidados ha hecho que las ocupaciones sean actividades infravaloradas y asociadas a empleos de baja cualificación y remuneración. Las mujeres son mayoría en la mayor parte de los subsectores de servicios que tienen un importante componente de cuidados: por ejemplo, en las actividades sanitarias y de servicios sociales, ellas son el 78% de la población asalariada, un sector donde la brecha salarial es de un 28%. Es un ejemplo de la discriminación en el reconocimiento salarial de categorías profesionales feminizadas.

    Por último, es necesario destacar que el hecho de que la mayor parte del trabajo de cuidados recaiga en las mujeres tiene, además, su reflejo en su posición como beneficiaras actuales o futuras del sistema de protección social. A pesar de ser ellas las principales proveedoras de cohesión social a través de los cuidados, no participan de un bienestar social equiparable al de los hombres, en términos de participación laboral, o en el acceso a la protección social (por ejemplo, prestaciones de desempleo o de jubilación). Es lo que se denomina «la paradoja de género en la cohesión social» (A. Moreau Santos).

    Tenemos pues el reto de poner en marcha políticas dirigidas a dignificar social y laboralmente el sector de cuidados, bajo la premisa de la calidad en el servicio prestado y en el empleo creado.